Sentencia Nº 2020-2028 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 16-12-2020

Número de sentencia2020-2028
Fecha16 Diciembre 2020
Número de expediente19-001278-1283-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2020-2028
Expediente: 19-001278-1283-PE (17)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las ocho horas treinta minutos, del dieciséis de diciembre de dos mil veinte.-
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra K.U.C., mayor, costarricense, cédula de identidad número 4-0187-0047, nacida en 4-0187-0047, el 10 de abril de 1985 , hija de C.U.Z. y M.R.C.Z., divorciada, actualmente persona detenida; por el delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de [Nombre 001]. Intervienen en la decisión del recurso el juez R.A.B.R.; los co jueces E.M.M. y E.S.D.. Se apersonaron en esta sede el licenciado W.M.R.Z. defensor particular de la encartada y la licenciada A.C.R., representante de la Unidad de Impugnaciones del Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 639-2020 que se adiciona a la 276-2020, de las diez horas veintisiete minutos del diecinueve de setiembre de dos mil veinte, el Tribunal Penal de Flagrancia del Primer Circuito Judicial de San José, resolvió: "POR TANTO: Razones dichas, reglas de la sana crítica racional y artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 8 inciso 1 y 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 10 y 11 inciso 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. 9 inciso 2 y 14 inciso 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos; 1, 30, 31, 34, 35, 45, 50, 51, 71, 209, 212, 213 del Código Penal, 1, 9, 33, 239 bis, 258, 360 a 367 todos del Código Procesal Penal, al resolver el presente asunto, se acuerda por unanimidad de los votos: Declarar a K.U. CAMPOS autora responsable de la comisión de un delito ROBO AGRAVADO en perjuicio de [Nombre 001], imponiéndole como sanción CINCO AÑOS Y TRES MESES DE PRISIÓN, pena que deberá descontar en el lugar y forma que lo determinen los reglamentos carcelarios previo abono a la preventiva sufrida. No se sustituye la pena privativa de libertad por ninguna otra. Asimismo en aplicación del principio indusio pro reo, se absuelve de toda pena y responsabilidad penal a K.U. CAMPOS por un delta de ROBO SIMPLE CON VIOLENCIA SOBRE LAS PERSQNAS que se le venia atribuyendo en perjuicio de KAINA GARCÃ

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR