Sentencia Nº 2020-2057 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 18-12-2020

Número de sentencia2020-2057
Fecha18 Diciembre 2020
Número de expediente19-000209-0622-PE(15)
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2020-2057
Expediente: 19-000209-0622-PE(15)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las once horas diez mi nutos del dieciocho de diciembre de dos mil veinte.-
Vista la solicitud de prórroga de prisión preventiva interpuesta por la licenciada A.S.B., en representación del Ministerio Público, en esta causa seguida contra JOSÉ CARLOS ALFARO BARQUEO Y FRANCISCO ARRIETA CALVO, por el delito de VENTA DE DROGAS, en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA, este Tribunal resuelve.
Redacta la jueza de apelación de sentencia penal V.C. y,
CONSIDERANDO:
I.- La licenciada A.S.B., en su condición de Fiscal del Ministerio Público, mediante escrito de fecha 16 de diciembre del 2020, visible a folios 2 al 5, frente y vuelto del legajo confeccionado al efecto, solicita se disponga la prórroga extraordinaria de la prisión preventiva de los imputados José Carlos A.B. y F.A.C., la cual vence el 13 de enero de 2021 por un plazo de tres meses. Señala que en esta causa se están conociendo los siguientes hechos: “1. En el período de tiempo comprendido entre el siete de octubre de dos mil diecinueve y el trece de enero de dos mil veinte, los investigados JOSÉ CARLOS ALFARO BARQUERO y F.A.C. en asocio a dos sujetos no identificados, conformaron un grupo criminal dedicado a la distribución de sustancias psicotrópicas sin autorización legal, cumpliendo todos la función de vendedores terminales a terceros consumidores, alternando en días y horarios, siendo que para ello poseyeron y vendieron a terceras personas, drogas de uso no autorizado específicamente marihuana y cocaína base, actividad ilícita que desarrollaron en un inmueble ubicado en [...]. 2. En el período y lugar indicado, los investigados JOSÉ CARLOS ALFARO BARQUERO y F.A.C. y los dos sujetos no identificados, específicamente ejecutaron las siguientes acciones: 2.1. El ocho de octubre de dos mil diecinueve, el investigado J.C.A.B. y un sujeto sin identificar vendieron cocaína base a los adictos que así se lo solicitaron, ocasión en la que también vendieron una dosis de cocaína base a una persona menor de edad identificada como [Nombre 001] nacida el tres de abril de dos mil tres. 2.2 El diecisiete de octubre de dos mil diecinueve, el investigado J.C.A.B. vendió cocaína base a los adictos que así se lo solicitaron,...

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