Sentencia Nº 2020-2065 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 22-12-2020

Número de sentencia2020-2065
Número de expediente10-001015-275-PE
Fecha22 Diciembre 2020
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José

Resolución: 2020-2065

Expediente: 10-001015-275-PE

TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las trece horas con treinta minutos del veintidós de diciembre de dos mil veinte.

Vista la solicitud de prórroga de la prisión preventiva presentada por la licenciada N.S.F., fiscal del Ministerio Público; conferida la audiencia legal y,
CONSIDERANDO:
I- Mediante escrito recibido en este despacho a las 15:00 horas del 18 de diciembre de 2020, la representante del Ministerio Público solicitó la extensión de la prisión preventiva de [Nombre 001], por el plazo de seis meses al considerar que se cuenta con una sentencia condenatoria (la N° 243-2020, emitida por el Tribunal Penal de Segundo Circuito Judicial de San José) en la que se le impuso al acusado la pena de 38 años de prisión (contra la que se presentó recurso de apelación, el cual fue rechazado por resolución N° 2020-1721 de este tribunal de apelación de sentencia penal, con otra integración) y tal condición hace necesario se mantenga privado de libertad Hace un recuento de los hechos acusados y sentenciados, los cuales iniciaron aproximadamente, el 20 de marzo de 2010, cuando la ofendida (hija del acusado) contaba con edad de entre los 12 y 13 años, momento en que [Nombre 001] la atacó sexualmente en múltiples ocasiones. Arguye que el peligro de fuga es latente pues el encartado no cuenta con arraigo domiciliar ni laboral y que el familiar es débil, además, que este riesgo se ha maximizado en virtud de la condena. Asimismo, señala la fiscal que el peligro de obstaculización está presente en el caso, ya que la situación de vulnerabilidad de las víctimas podría ser aprovechada por el endilgado para amedrentarlas y todavía falta conocer de los resultados del recurso de casación.
II.- Audiencia a las partes. De la anterior gestión se dio audiencia a la defensa para que, dentro del lapso de 24 horas indicara si requería la realización de una audiencia o manifestara, por escrito, lo que estimara a bien, sin que se haya pronunciado.
III.- Cronología de la medida cautelar; competencia del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal para conocer la petición de prórroga extraordinaria de prisión preventiva y comunicación de la Inspección Judicial. A) Recuento de actuaciones. i) El 15 de junio de 2019, el...

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