Sentencia Nº 2020-554 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 18-09-2020

Número de sentencia2020-554
Número de expediente16-001161-0219-PE
Fecha18 Septiembre 2020
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago

*160011610219PE*

Expediente: 16-001161-0219-PE
Contra: [Nombre 003]
Delito: Violación calificada
Ofendido: [Nombre 002]
Res: 2020-554
Exp: 16-001161-0219-PE
Tribunal de A.ón de Sentencia Penal de Cartago, Sección Segunda. A las catorce horas treinta minutos del dieciocho de setiembre de dos mil veinte.
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 003] [...], por el delito de violación calificada, en perjuicio de [Nombre 002] . Intervienen en la decisi ón del recurso los jueces M.M.N. y J.R.G. y la jueza Xiomara Gutiérrez Cruz. Se apersonaron en apelación las licenciadas L.M.D.S., en su condición de defensora pública del imputado, y M.J.Z.C., representante del Ministerio Público.
Resultando:
1. Que mediante sentencia 217-2020 de las diez horas del quince de abril de dos mil veinte, el Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, sede P.Z resolvió: "POR TANTO : De conformidad con lo expuesto artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 1 22, 30, 31, 45, 47, 51, 71, 73, 74, 76, 156 inciso 3), 157 inciso 2), 6) del Código Penal; 1, 2, 6, 142, 238, 239, 240, 244, 265 a 267, 303, 360 a 365 y 367 del Código Procesal Penal, por unanimidad este Tribunal, declara a [Nombre 003] autor responsable de DOS DELITOS DE VIOLACIÓN CALIFICADA EN CONCURSO MATERIAL en perjuicio de [Nombre 002] y en tal carácter se le impone una pena de DOCE AÑOS DE PRISIÓN POR EL PRIMER DELITO Y POR EL SEGUNDO DELITO LA PENA DE TRECE AÑOS DE PRISIÓN para un total de VEINTICINCO AÑOS DE PRISIÓN, pena que deberá descontar en el establecimiento carcelario respectivo, previo abono de la preventiva que hubiere sufrido. A fin de asegurar el cumplimiento de la pena impuesta, se decreta como medida cautelar el arresto domiciliar con monitoreo electrónico por el lapso de seis meses, que van desde el 24 de junio del 2020 al 24 de diciembre del 2020, otorgándose como ámbito de movilización de la persona imputada el siguiente, se autoriza la movilización para laborar solamente en el [...] que se ubica en la misma localidad, autorización que se otorga de lunes a sábado. Son los gastos del proceso penal a cargo del Estado. Una vez firme esta sentencia se ordena su inscripción en el Registro Judicial, comunicar la misma al Ministerio de Justicia y Gracia, y expedir los respectivos testimonios de sentencia. N. mediante lectura. R.A.M.V., CESAR LARA FALLAS, MANUEL FALLAS CALDERÓN, JUECES. (sic)."
2. Que contra el anterior pronunciamiento, las licenciadas L.M.D.S. y María José Zamora Castillo interpusieron los recursos de apelación.
3. Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 466 del Código Procesal Penal, reformado por Ley 8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación de Recurso de A. ón de la Sentencia), el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.
4 . Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.
Redacta el Juez Marco Mairena, y;
Considerando:

I. La licenciada L.M.D.S., en su condición de defensora pública de [Nombre 003], impugna la sentencia n°325-2020, dictada por el Tribunal de Juicio del I Circuito Judicial de la Zona Sur, el día 24 de junio del 2020, mediante la cual se impuso a este último el tanto de 25 años de prisión como autor responsable de dos...

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