Sentencia Nº 2020-574 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 30-09-2020

Número de sentencia2020-574
Número de expediente16-001510-0064-PE
Fecha30 Septiembre 2020
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
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*160015100064PE*

Expediente: 16-001510-0064-PE
Contra: Carlos Andrey Ureña Mora
Delito: Robo agravado y otros
Persona ofendida: [Nombre 001] y otros
Res: 2020-574
Exp: 16-001510-0064-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago. A las trece horas con quince minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte.
Recurso de apelación de sentencia penal interpuesto en la presente causa seguida contra Carlos Andrey Ureña Mora, mayor, nacido el veinticinco de abril de mil novecientos ochenta y dos, con cédula de identidad número uno - mil ciento treinta y seis - cuatrocientos doce, por el delito de Robo agravado y otros , en perjuicio de [Nombre 001] y otros. Intervienen en la decisi ón del recurso la jueza I.V.U., así como, los jueces F.R.M. y Kenneth Alvarado Aguirre. Se apersonaron en apelación los licenciados J.L.C.F. y E.J.R. en calidad de codefensores particulares del imputado; así como, Esteban Víquez Vargas, representante del Ministerio Público.
Resultando:
1. Que mediante sentencia número 328-2020 de las ocho horas del veinticinco de junio de dos mil veinte, el Tribunal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, resolvió: " POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, normas citadas, artículos 39 y 41 de la Constitución Política; artículos 1, 18, 19 20, 21, 22, 30, 31, 50, 51, 71 a 76, 191, 192 incisos 1) y 2), 213 incisos 1), 2) y 3) en concordancia con el artículo 209 inciso 7) del Código Penal, artículos 1 al 6, 8, 9, 12, 13, 71, 142, 238, 239, 240, 258, 265 a 267 303, 341, 360, 361, 363, 364, 365, 366 y 367, del Código Procesal Penal. Este Tribunal resuelve por unanimidad absolver de toda pena y responsabilidad al acusado C.A.U.M. en cuanto a un delito de ROBO AGRAVADO en perjuicio de [Nombre 002], que le venía atribuyendo el Ministerio Público en la causa 17- 000598-0064-PE. Con respecto a la causa 17-000075-0064-PE donde figura como ofendido [Nombre 001] y otros, se le impone la pena de QUINCE AÑOS DE PRISIÓN por CUATRO DELITOS DE ROBO AGRAVADO en concurso ideal los cuales concursan materialmente con CUATRO DELITOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD AGRAVADA en concurso ideal, imponiéndose por estos últimos la pena de OCHO AÑOS DE PRISIÓN para un total de VEINTITRÉS AÑOS DE PRISIÓN. En la causa 17-000795-0072-PE donde figura como ofendido [Nombre 003] y [Nombre 004], se le impone la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN por DOS DELITOS DE ROBO AGRAVADO en concurso ideal los cuales concursan materialmente con DOS DELITOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD AGRAVADA en concurso ideal, imponiéndose por estos últimos la pena de SIETE AÑOS DE PRISIÓN para un total de DIECISIETE AÑOS DE PRISIÓN. En la causa 17-000412-0990-PE donde figura como ofendido [Nombre 005], se le impone la pena de CATORCE AÑOS DE PRISIÓN por TRES DELITOS DE ROBO AGRAVADO en concurso ideal los cuales concursan materialmente con TRES DELITOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD AGRAVADA en concurso ideal imponiéndose por estos últimos la pena de SIETE AÑOS DE PRISIÓN para un total de VEINTIÚN AÑOS DE PRISIÓN. Quedando una pena total de SESENTA Y UN AÑOS DE PRISIÓN; en aplicación de las reglas del concurso material se adecua la pena a CUARENTA Y CINCO AÑOS DE PRISIÓN. Pena que deberá descontar en el respectivo establecimiento carcelario,...

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