Sentencia Nº 2020-589 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 05-10-2020

Número de sentencia2020-589
Número de expediente15-200295-0456-PE
Fecha05 Octubre 2020
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago

*152002950456PE*

Expediente: 15-200295-0456-PE
Contra: [Nombre 001]
Delito: Infracción a la Ley Forestal
Ofendido: Los Recursos Naturales
Res: 2020-589
Exp: 15-200295-0456-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Segunda. A las quince horas tres minutos del cinco de octubre de dos mil veinte.
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001] [...], por el delito de Infracción a la Ley Forestal, en perjuicio de Los Recursos Naturales. Intervienen en la decisión del recurso las juezas I.V.U. y X.G.C. y el juez M.M.N.. Se apersonó en apelación la licenciada K.P.G., en su condición de defensora pública del imputado.
Resultando:
1. Que mediante sentencia 166-2019 de las diecisiete horas del once de julio de dos mil diecinueve, el Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, sede Corredores resolvió: "POR TANTO : De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 8 inciso segundo de la Convención Americana de Derechos Humanos, 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículos 1, 4, 9, 16, 18, 19 20, 30, 31, 45, 59, 60, 69, 71, 74, 110 todos del Código Penal; artículos, 13, 61 inciso a y b, 63 de la Ley Forestal (Ley 7575) , numerales 1 al 15, 169, 265 a 275, 266 al 269, 367 del Código Procesal Penal, se declara a [Nombre 001] autor responsable de un delito de INFRACCIÓN A LA LEY FORESTAL EN SU MODALIDAD DE APROVECHAMIENTO Y PROCESAMIENTO DE PRODUCTO FORESTAL imponiéndose un pena de UN MES DE PRISIÓN ; pena que deberá descontar en el lugar y forma que indiquen los respectivos reglamentos carcelarios, previo abono de la prisión preventiva si la hubiere. Por un plazo de TRES años se le concede [Nombre 001], el beneficio de Ejecución Condicional de la Pena impuesta bajo las siguientes condiciones: No debe cometer nuevo delito doloso en el que se le sancione con pena superior a los seis meses de prisión, caso contrario se le revocará el beneficio y en consecuencia deberá descontar la pena impuesta. Se ordena el comiso en favor del Estado de una motosierra marca Stihl 090, color blanca con anaranjado, un codal de 3,97 metros por trece centímetros , una hoja de peine de 36 pulgadas con 104 patillas un marco de acero de rodillo, una sierra...

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