Sentencia Nº 2021-001164 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 12-11-2021
Número de sentencia | 2021-001164 |
Número de expediente | 19-002774-0369-PE |
Fecha | 12 Noviembre 2021 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón |
PODER
JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN RAMÓN
Tel: 2456-9069
tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr
Fax: 24569029
__________________________________________________________________________________
Exp: 19-002774-0369-PE
Res: 2021-001164
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN TERCERA. S.R., a las catorce horas
treinta y cinco (02:35 p.m.) del doce de noviembre dos mil veintiuno.
RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto en la presente causa
seguida contra [Nombre 001], [...], por un delito de ABUSO SEXUAL CONTRA
MENOR DE EDAD Y VIOLACIÓN CALIFICADA, en perjuicio de [Nombre 018]
Intervienen en la decisión del recurso, los jueces C.M.P.S
G.R.M., J.L.M.G.. Se apersonan en apelación
de sentencia, el imputado [Nombre 001] y sui defensor público el licenciado Andrés Vargas
Araya.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número
268-2021 de las 09:15 horas del 04 de junio de 2021
el Tribunal de Juicio de H., resolvió: "POR TANTO:
Con base en los argumentos
de hecho y de Derecho ya expuestos, artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, 11
de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8 inciso 2) de la Convención
Americana de Derechos Humanos; 1, 22, 30, 31, 45, 50, 51, 71, 156 y 157 inciso 2) y
161 incisos 1) y 2) del Código Penal; 1 a 6, 9, 10, 11 a 15, 142 a 145, 180 a 184, 258,
265 a 269, 328, 330 a 336, 341 a 367 del Código Procesal Penal; se absuelve
a
[Nombre 001] de toda pena y responsabilidad por un delito de violación que se le ha
venido atribuyendo en el hecho noveno de la pieza acusatoria como cometido
en perjuicio de [Nombre 018]. Asimismo, se declara a [Nombre 001], autor
responsable de dos delitos de abuso sexual contra persona menor de edad
(hechos
tres y seis de la acusación, este último asàrecalificado) y en tal carácter se le impone
la pena de cuatro y cinco años de prisión, respectivamente; asàcomo autor
responsable también de cuatro
delitos de violación calificada
(hechos siete, ocho,
doce y catorce de la acusación) por los cuales se le imponen catorce años de prisión,
quince años de prisión, dieciséis años de prisión y diecisiete años de prisión,
respectivamente; todos en perjuicio de [Nombre 018]. y en concurso material para
una sumatoria de setenta y un años de prisión que se adecúan
a cincuenta años de
prisión en apego a las reglas de penalidad concursales. La misma deberá cumplirla
[Nombre 001] en el lugar y forma que determinen los respectivos reglamentos
carcelarios, previo abono de la preventiva sufrida. Se resuelve sin
especial condenatoria en costas, son los gastos del proceso a cargo del Estado. Se
ordena la prórroga de la
prisión preventiva por el plazo de
seis meses a partir del dÃÂa
siguiente de su vencimiento, sea, desde el 11 de agosto de 2021 y hasta 10 de febrero
de 2022. Firme esta sentencia, comunÃÂquese lo resuelto al Juzgado de Ejecución de la
Pena, al Instituto Nacional de CriminologÃÂa y al Registro Judicial para lo de sus
cargos. Es todo. N.."
(sic).
II.- Que contra el anterior pronunciamiento, el imputado
[Nombre 001] y sui defensor
público el licenciado A.V.A., interpuso recurso de apelación de
sentencia.
III.- Que verificada la deliberación respectiva, de conformidad con lo dispuesto por el
artÃÂculo 465 del Código Procesal Penal, el Tribunal de Apelación de Sentencia del III
Circuito Judicial de Alajuela, S.R., procedió a conocer del recurso.
IV.- Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.
Redacta la jueza de apelación de sentencia P.S.; y,
CONSIDERANDO:
I. En escrito presentado en tiempo y forma A.V.A., defensor público del
imputado [Nombre 001], interpone recurso de apelación en contra de la sentencia
268-2021, emitida por el Tribunal de Juicio de H., el 4 de junio de 2021. Por
adhesión, en escrito recibido el 29 de julio de 2021, el imputado [Nombre 001] planteó
recurso de apelación en contra de la citada sentencia. En sendos escritos Oscar Serrano
Pujol, representante del Ministerio Público en H. solicitó que se declare sin lugar el
recurso de apelación de sentencia de la defensa técnica y que, por extemporáneo, se
declare inadmisible el recurso de apelación del enjuiciado.
II. En el primer motivo
del recurso de A.V.A. se argumenta inconformidad
con la determinación de los hechos y la fundamentación probatoria intelectiva. Se violentan
las reglas de la sana crÃÂtica y se lesiona el principio in dubio pro reo no se fundamenta
adecuadamente cuál fue el iter lógico seguido para arribar a la certeza, cuando existen 2
posiciones contradictorias entre la prueba de cargo y la declaración del imputado [Nombre
001] junto a la prueba de descargo. El encartado, en una declaración sin contradicciones
rechazó los cargos, achacando la denuncia a un hecho anterior de carácter
sexual, cometido en contra de la ofendida por parte de un tÃÂo que, ante su conocimiento de
la situación podÃÂa ser increpado o denunciado por él. Ese abuso fue encubierto por la
madre de la ofendida [Nombre 005], quien en juicio dijo que no se lo comunicó al
imputado, en tanto la ofendida por el contrario, dijo que sàse lo habÃÂa contado a su padre,
aquàimputado. En cuanto a la prueba que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba