Sentencia Nº 2021-00131 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 05-02-2021

Número de sentencia2021-00131
Fecha05 Febrero 2021
Número de expediente20-000025-0361-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN RAMÓN
Tel: 2456-9069 tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr Fax 24569029
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Exp: 20-000025-0361-PE
Res: 2021-00131
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN PRIMERA. S.R., a las diez horas quince minutos del cinco de febrero de dos mil veintiuno.
Vistas las presentes diligencias, este Tribunas resuelve;
R.e.....J. de Apelación de Sentencia Rojas Chacón ; y,
CONSIDERANDO:

I. La imputada [Nombre 002] , en el ejercicio de su defensa material, y la abogada E.M.P., defensora particular de la imputada [Nombre 006], interpone recurso de apelación de sentencia contra la resolución dictada por el Tribunal Penal de H., No. 437-2020 de las 08:15 horas del 26 de octubre de 2020.

II.- En el segundo motivo del recurso interpuesto por la imputada [Nombre 002], reclama que ella fue condenada como cómplice del delito de violación calificada, por lo que según el artículo 47 del Código Penal se le podía aplicar una rebaja discrecional de la pena. Señala además que, para la imposición de la pena, de acuerdo al artículo 71 del Código Penal se deben valorar las condiciones del sujeto activo en la medida que hayan influido en la comisión del delito, y además que la persona sea una mujer que se encuentre en estado de vulnerabilidad por la pobreza y tener bajo su responsabilidad el cuido y manutención de familiares dependientes. Indica que ni su participación en calidad de cómplice, ni su condición de mujer en estado de vulnerabilidad, por ser madre soltera, tener bajo su responsabilidad el cuido de una persona dependiente y otras circunstancias, mismas que quedaron plasmadas en el dictamen pericial psicológico forense SPPF-2020-0530, en donde hizo su relato como víctima de abuso sexual, como persona vulnerable y frágil, fueron tomadas en cuenta por el Tribunal de sentencia para aplicar un rebajo discrecional de la pena pactada de ocho años de prisión por el delito de violación calificada. Considera que, por sus condiciones, ella era merecedora de un rebajo de la pena. Alega que para justificar la sanción que se le impuso, el órgano de instancia incurrió en el vicio de doble valoración. Asimismo,...

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