Sentencia Nº 2021-00133 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 05-02-2021

Número de sentencia2021-00133
Fecha05 Febrero 2021
Número de expediente19-006248-0059-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN RAMÓN
Tel: 2456-9069 tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr Fax: 24569029
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Exp: 19-006248-0059-PE
Res: 2021-00133
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN CUARTA. S.R., a las diez horas treinta minutos (10:30 a.m.) del cinco de febrero de dos mil veintiuno.
RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto en la presente causa seguida contra D.F. RAMOS, nicaragüense, indocumentado, por un delito de ROBO AGRAVADO en perjuicio de [Nombre 001]. Intervienen en la decisión del recurso, los jueces R.M.L., J.B.G. y la jueza Ana Lucrecia Hernández Chavarría. Se apersonan en apelación de sentencia, la licenciada F.C.S., defensora pública del aquí encartado.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 211-2020 de las quince horas y treinta y dos minutos del veintiséis de mayo de dos mil veinte, el Tribunal de Juicio de H., resolvió: "POR TANTO: De conformidad con todo lo expuesto, artículos 1, 28, 37, 39 y 41 de la Constitución Política, artículos 8.1 y 8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 1, 11, 16, 19, 22, 30, 31, 45, 50, 51, 71, 213.2 del Código Penal, artículos 1 al 13, 142, 184, 363, 364, 365, 367 del Código Procesal Penal, Se declara a D.F. RAMOS, autor responsable de UN delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de [Nombre 001], en razón de lo cual se le impone la pena de SEIS AÑOS DE PRISIÓN, pena que deberá descontar en el lugar y forma que indiquen los respectivos reglamentos penitenciarios, previo abono de la preventiva sufrida. En razón de la condenatoria y con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la pena impuesta, se prorroga la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el sentenciado, por un plazo de SEIS MESES a partir del día veinte de junio y hasta el 20 de diciembre de 2020. Son los gastos del proceso a cargo del Estado. Una vez firme esta sentencia, expídanse los testimonios de ley ante las autoridades de Adaptación Social, Instituto Nacional de Criminología y Juzgado de Ejecución de la Pena. MEDIEANTE LECTURA NOTIFÃ

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