Sentencia Nº 2021-00165 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 12-02-2021
Número de sentencia | 2021-00165 |
Fecha | 12 Febrero 2021 |
Número de expediente | 11-001065-0059-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón |
PODER
JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN
RAMÓN
Tel: 2456-9069
tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr
Fax:
24569029
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Exp: 11-001065-0059-PE
Res: 2021-00165
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER
CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN PRIMERA. S.R., a
las nueve horas veinticinco minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno.
RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto en la
presente causa seguida contra [Nombre 003], [...]; y [Nombre 007], cc [Nombre
009], [...], por el delito de HOMICIDIO SIMPLE Y OTROS en
perjuicio de [Nombre 001] y [Nombre 002]. Intervienen en la decisión del
recurso, los jueces F.L.V.,
J.A.R.C. y A.E.M.. Se apersonan
en apelación de sentencia, la licenciada N.M.P.A., en calidad
de abogada de la Oficina de Defensa Civil de la VÃÂctima y el licenciado Marco
Vinicio González Salas en condición de defensor público del imputado [Nombre
003] .
RESULTANDO:
1.- Que mediante sentencia número
502-2020 de las catorce horas
treinta minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil veinte, el Tribunal de
Juicio de Heredia, resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con los artÃÂculos
1, 30 inciso e), 31, 32, 33, 34 inciso d) e inciso f), 311 inciso d) 312 y 313 del
Código Procesal Penal y de los artÃÂculos 229 y 111 del Código Penal se
dispone sentencia de Sobreseimiento Definitivo a favor de los encartados
[Nombre 007] cc. [Nombre 009] y [Nombre 003] y una vez firme lo aquÃÂ
resuelto
se ordena cancelar la orden de captura internacional que pesa en contra
de ambos imputados. Son los gastos del proceso a cargo del Estado. Se
ordena el archivo de la Acción Civil Resarcitoria y por lo aquàdispuesto se
resuelve sin especial condenatoria en costas. Firme la sentencia, de
conformidad con la Ley Número 6106, Ley de distribución de bienes
confiscados o caÃÂdos en comiso y su reglamento, se ordena la destrucción de
los objetos No. 23558 y No. 300894 aportados a esta causa como prueba
material y que se encuentran en el Depósito de Objetos del Poder Judicial.
NOTIFÃ
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