Sentencia Nº 2021-00178 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 17-02-2021
Número de sentencia | 2021-00178 |
Número de expediente | 18-002376-0059-PE |
Fecha | 17 Febrero 2021 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón |
PODER
JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN
RAMÓN
Tel: 2456-9069
tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr
Fax: 24569029
__________________________________________________________________________________
Exp: 18-002376-0059-PE
Res: 2021-00178
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN CUARTA. S.R., a las once
horas cuarenta y cinco minutos (11:45 a.m.) del diecisiete de febrero de dos mil
veintiuno.
RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto en la presente
causa seguida contra [Nombre 001], costarricense, portador de la cédula de
identidad [Valor 001], por un delito de ABUSO SEXUAL CONTRA PERSONA
MENOR DE EDAD en perjuicio
de [Nombre 002].. Intervienen en la decisión del recurso,
los jueces Raúl
M.L., J.B.G. y la jueza Ana Lucrecia
Hernández
ChavarrÃÂa. Se apersonan en apelación de sentencia, la licenciada Vanessa
V.G., defensora pública de la aquàacusada y el licenciado Oscar
Serrano Pujol, representante del Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 255-2020,
de las catorce horas veintiséis
minutos del veintinueve de junio de dos mil veinte, el Tribunal de Juicio de
H., resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con lo expuesto, artÃÂculos
39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica; 8 de la Convención Americana de
Derechos Humanos; artÃÂculos 1, 30, 31, 45, 50, 51, 71, 72, 73, 74, 161 incisos
1) y 2) del Código Penal; 1 a 15, 142, 181, 258, 265, 360, 361, 363, 364, 365
y 367 del Código Procesal Penal, este Tribunal con la totalidad de los votos
emitidos y por unanimidad DECLARA A [Nombre 001] AUTORA
RESPONSABLE de un delito de ABUSO SEXUAL CONTRA MENOR DE
EDAD cometido en perjuicio de [Nombre 002]., en razón de lo cual se le
impone la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, pena
que deberá descontar en el lugar y forma que determinen los respectivos
reglamentos penitenciarios. Por haber recaÃÂdo sentencia condenatoria se
dispone la prórroga de la prisión preventiva que ha sufrido la acusada
[Nombre 001] por SEIS MESES más que vencen el 29 de diciembre de
2020. Firme el fallo remitanse los respectivos testimonios de ley ante el
Juzgado de Ejecución de la Pena, Instituto Nacional de CriminologÃÂa y
Registro Judicial para lo de sus cargo. Se resuelve este asunto sien especial
condenatoria en costas, los gastos del...
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