Sentencia Nº 2021-00445 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 11-05-2021
Número de sentencia | 2021-00445 |
Fecha | 11 Mayo 2021 |
Número de expediente | 17-000228-0742-TR |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón |
PODER
JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN RAMÓN
Tel: 2456-9069
tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr
Fax: 24569029
__________________________________________________________________________________________
Exp: 17-000228-0742-TR
Res: 2021-00445
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN PRIMERA. S.R., a las doce horas
veinte minutos del once de mayo de dos mil veintiuno.
RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto en la presente causa
seguida contra [Nombre 001], [...], por el delito de LESIONES CULPOSAS en
perjuicio de [Nombre 002] Y OTROS. Intervienen en la
decisión del recurso, los jueces A.E.M., José Alberto Rojas
Chacón y F.L.V.. Se apersona en apelación de sentencia, la licenciada
L.J.C., en calidad de defensora pública del imputado [Nombre 001]
.
RESULTANDO:
1.- Que mediante sentencia número
73-2021 de las diez horas treinta minutos del
veintiocho de enero de dos mil veintiuno, el Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, S.C., resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con las reglas de la
sana crÃÂtica y artÃÂculos 35, 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica de la República de
Costa Rica, 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 8 de la
Convención Americana de Derechos Humanos, 1, 2, 4, 11, 18 a 20, 30, 31, 45, 50, 51
a 53, 59 a 63, 71, 103, 128 del Código Penal; 1 a 8, 341, 360 a 365, 367 del Código
Procesal Penal, 1 a 22, 627 y siguientes, 693 y siguientes, 706, 707, 1045 del Código
Civil, 1 a 3, 93 inciso d y e y 100 y 102, 143 inciso e) de la Ley de Tránsito por VÃÂas
Públicas Terrestres y Seguridad Vial, 1, 16 y 42 del Arancel de Honorarios por
Servicios Profesionales de AbogacÃÂa y Notariado (Decreto Ejecutivo 39.078-JP,
publicado en La Gaceta No. 157, del jueves 13 de agosto de 2015), al resolver en
definitiva la presente causa, el Tribunal DECIDE: En aplicación de las normas
citadas, se declara al encartado [Nombre 001], único autor responsable de dos
delitos de LESIONES CULPOSAS, cometidos en
EN CONCURSO IDEAL HOMOGÉNEO y en perjuicio de
[Nombre 003] y
[Nombre 002], y por tales hechos se le impone, la pena de TRES MESES DE
PRISIÓN, AUMENTADA EN UN MES
MÃ
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