Sentencia Nº 2021-00445 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 11-05-2021

Número de sentencia2021-00445
Fecha11 Mayo 2021
Número de expediente17-000228-0742-TR
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN RAMÓN
Tel: 2456-9069 tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr Fax: 24569029
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Exp: 17-000228-0742-TR
Res: 2021-00445
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN PRIMERA. S.R., a las doce horas veinte minutos del once de mayo de dos mil veintiuno.
RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001], [...], por el delito de LESIONES CULPOSAS en perjuicio de [Nombre 002] Y OTROS. Intervienen en la decisión del recurso, los jueces A.E.M., José Alberto Rojas Chacón y F.L.V.. Se apersona en apelación de sentencia, la licenciada L.J.C., en calidad de defensora pública del imputado [Nombre 001] .
RESULTANDO:
1.- Que mediante sentencia número 73-2021 de las diez horas treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil veintiuno, el Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, S.C., resolvió: "POR TANTO: De conformidad con las reglas de la sana crítica y artículos 35, 39 y 41 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 1, 2, 4, 11, 18 a 20, 30, 31, 45, 50, 51 a 53, 59 a 63, 71, 103, 128 del Código Penal; 1 a 8, 341, 360 a 365, 367 del Código Procesal Penal, 1 a 22, 627 y siguientes, 693 y siguientes, 706, 707, 1045 del Código Civil, 1 a 3, 93 inciso d y e y 100 y 102, 143 inciso e) de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, 1, 16 y 42 del Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado (Decreto Ejecutivo 39.078-JP, publicado en La Gaceta No. 157, del jueves 13 de agosto de 2015), al resolver en definitiva la presente causa, el Tribunal DECIDE: En aplicación de las normas citadas, se declara al encartado [Nombre 001], único autor responsable de dos delitos de LESIONES CULPOSAS, cometidos en EN CONCURSO IDEAL HOMOGÉNEO y en perjuicio de [Nombre 003] y [Nombre 002], y por tales hechos se le impone, la pena de TRES MESES DE PRISIÓN, AUMENTADA EN UN MES MÃ

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