Sentencia Nº 2021-00849 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 25-08-2021

Número de sentencia2021-00849
Fecha25 Agosto 2021
Número de expediente11-000054-0618-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN RAMÓN
Tel: 2456-9069 tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr Fax 24569029
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Exp: 11-000054-0618-PE
Res: 2021-00849
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN PRIMERA. S.R., a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno.
Vistas las presentes diligencias, este Tribunas resuelve;
R.e.....J. de Apelación de Sentencia Rojas Chacón ; y,
CONSIDERANDO:

I. Mediante escrito presentado ante este despacho por la señora [Nombre 013], en su condición de Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la persona jurídica denominada [Nombre 010], solicita se ordene ejecutar lo dispuesto por esta Cámara de Impugnaciones, concretamente, cuando anuló la resolución del Tribunal de Juicio de H. dictada con ocasión de esta causa, en la que se homologó de manera ilegítima un acuerdo conciliatorio a que llegaron las partes, afectando intereses y derechos de varios terceros, incluyendo a su representada como propietaria de la finca del Partido de Alajuela, Folio Real Matrícula [Valor 001]. Arguye que esta Cámara enmendó dicho yerro y retrotrajo los efectos del proceso hasta el momento anterior al vicio en cuestión, de tal manera que la referida propiedad debe regresar a su representada como dueña original. Solicita a este Tribunal que disponga ejecutar lo ordenado en el referido fallo, debiendo expedirse el mandamiento para el Registro, y debiendo además ordenar se ponga a su representada en posesión del referido inmueble, por los medios y formas que estilan al efecto.

II.- Se acoge parcialmente la solicitud : Solicitado el expediente y estudiados los autos, se tiene que, tal como señala la representante legal de [Nombre 010], este Tribunal de Apelación de Sentencia, mediante el voto No. 2020-00616 de las 10:43 horas del 17 de julio de 2020, acogió los recursos de apelación incoados por las representaciones legales de [Nombre 001] S.A e [Nombre 002] S.A, así como las adhesiones formuladas por [Nombre 003] S.A y [Nombre 004] S.A, declarando la invalidez -y consecuente ineficacia- de la autorización conferida en fecha del 25 de agosto del 2015, por la...

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