Sentencia Nº 2021-01444 de Sala Tercera de la Corte, 03-12-2021

Número de sentencia2021-01444
Fecha03 Diciembre 2021
Número de expediente18-000123-0275-PE
EmisorSala Tercera de la Corte (Corte Suprema de Costa Rica)
*180001230275PE*
Exp: 18-000123-0275-PE
Res: 2021-01444
SALA DE CASACIÓN PENAL. S.J., a las once horas ocho minutos del tres de diciembre de dos mil veintiuno.
Vista la gestión interpuesta en la presente causa seguida contra [Nombre 001], por el delito de desobediencia a la autoridad, cometido en perjuicio de la autoridad pública y [Nombre 002]; y,
Considerando:
I. El Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de S.J., sede Goicoechea, mediante resolución número 2020-1993 de las diez horas con quince minutos del diez de diciembre de dos mil veinte, se declara incompetente para conocer del segundo motivo del recurso de apelación presentado por la representación del Ministerio Público porque considera que “…al margen de que fuese en una sentencia y tras valorar prueba que el a quo se declaró incompetente por la materia, lo cierto es que esta decisión no es de las que puede ser examinada por esta cámara, lo anterior de conformidad con el artículo 458 del Código Procesal Penal [nótese que no es una sentencia (pese a que se incorpora en una), un sobreseimiento definitivo dictado en la etapa de juicio, o una resolución que zanje temas penales, civiles o incidentales de manera tal que impidan la continuación del proceso]. Considerando también que el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de S.J. es superior jerárquico del Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de S.J., sede Desamparados, pero no del Juzgado Penal Juvenil de S.J., se ordena remitir los autos a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia para que, como superior común de ambos, conozca el recurso de apelación que formuló el licenciado V.H. contra la decisión del tribunal de mérito de declararse incompetente para conocer los puntos 2.- y 3.- de la acusación.â€

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