Sentencia Nº 2021-0270 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 05-11-2021
Número de sentencia | 2021-0270 |
Fecha | 05 Noviembre 2021 |
Número de expediente | 17-000024-1219-TP |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José |
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución: 2021-0270
Expediente: 17-000024-1219-TP (6)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN
SEGUNDA. Segundo Circuito Judicial de San José
. G., a las once horas
cuarenta minutos, del cinco de noviembre de dos mil veintiuno.-
Vistas las presentes diligencias, este Tribunal, resuelve,
R. la Jueza de apelación
C.P.; y,
CONSIDERANDO:
I.- Admisibilidad.
La licenciada M.A.C.M., representante del
Ministerio Público, interpuso recurso de apelación en contra de la resolución número
2372-21 dictada por el Juzgado de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles, a las
once horas cuarenta y cinco minutos del año dos mil veinte. De la revisión del recurso
se evidencia que fue interpuesto dentro del término legalmente previsto para
ello, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley de Justicia Penal
Juvenil y la Ley de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles, y legitimada
la recurrente objetiva y subjetivamente para la gestión que se conoce. En razón
de lo anterior, se admite para su estudio y resolución de fondo, el recurso de
apelación interpuesto.
II- AUDIENCIA ORAL. A efectos que las partes puedan realizar la exposición
de sus argumentos en relación en forma oral, se les convoca para las catorce
horas del diez de noviembre de dos mil veintiuno, a la celebración de una
audiencia oral y privada. Esta se llevará a cabo a través de la aplicación
electrónica Microsoft Teams,Tomando en cuenta lo establecido en la circular 140-2020
comunicada por la SecretarÃÂa General de la Corte el dÃÂa 02 de julio de 2020, que emite
disposiciones de acatamiento obligatorio a los despachos judiciales de materia penal
ubicados en las zonas en las que el Poder Ejecutivo decrete alerta roja, naranja y amarilla
debido al COVID-19, se les informa que la audiencia que se señale en este proceso será
realizada por medio de la plataforma Microsoft Teams tal y como lo autoriza el
Protocolo para la realización de audiencias orales por medios tecnológicos en materia
penal, que fue aprobado por la Corte Plena en sesión Nº 27-2020 celebrada el 18 de mayo
de 2020, artÃÂculo VII, debido a lo anterior se previene a las partes informar a más
tardar en veinticuatro horas después de notificada esta resolución lo siguiente: A) En
caso de que alguna de las partes, por...
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