Sentencia Nº 2021-0270 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 05-11-2021

Número de sentencia2021-0270
Fecha05 Noviembre 2021
Número de expediente17-000024-1219-TP
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución: 2021-0270
Expediente: 17-000024-1219-TP (6)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN SEGUNDA. Segundo Circuito Judicial de San José . G., a las once horas cuarenta minutos, del cinco de noviembre de dos mil veintiuno.-
Vistas las presentes diligencias, este Tribunal, resuelve,
R. la Jueza de apelación C.P.; y,
CONSIDERANDO:
I.- Admisibilidad. La licenciada M.A.C.M., representante del Ministerio Público, interpuso recurso de apelación en contra de la resolución número 2372-21 dictada por el Juzgado de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles, a las once horas cuarenta y cinco minutos del año dos mil veinte. De la revisión del recurso se evidencia que fue interpuesto dentro del término legalmente previsto para ello, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley de Justicia Penal Juvenil y la Ley de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles, y legitimada la recurrente objetiva y subjetivamente para la gestión que se conoce. En razón de lo anterior, se admite para su estudio y resolución de fondo, el recurso de apelación interpuesto.
II- AUDIENCIA ORAL. A efectos que las partes puedan realizar la exposición de sus argumentos en relación en forma oral, se les convoca para las catorce horas del diez de noviembre de dos mil veintiuno, a la celebración de una audiencia oral y privada. Esta se llevará a cabo a través de la aplicación electrónica Microsoft Teams,Tomando en cuenta lo establecido en la circular 140-2020 comunicada por la Secretaría General de la Corte el día 02 de julio de 2020, que emite disposiciones de acatamiento obligatorio a los despachos judiciales de materia penal ubicados en las zonas en las que el Poder Ejecutivo decrete alerta roja, naranja y amarilla debido al COVID-19, se les informa que la audiencia que se señale en este proceso será realizada por medio de la plataforma Microsoft Teams tal y como lo autoriza el Protocolo para la realización de audiencias orales por medios tecnológicos en materia penal, que fue aprobado por la Corte Plena en sesión Nº 27-2020 celebrada el 18 de mayo de 2020, artículo VII, debido a lo anterior se previene a las partes informar a más tardar en veinticuatro horas después de notificada esta resolución lo siguiente: A) En caso de que alguna de las partes, por...

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