Sentencia Nº 2021-0451 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 22-03-2021
Número de sentencia | 2021-0451 |
Fecha | 22 Marzo 2021 |
Número de expediente | 20001274-1283-PE(15) |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José |
Resolución: 2021-0451
Expediente: 20001274-1283-PE(15)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.
Segundo Circuito
Judicial de San José. G., al ser las nueve horas treinta minutos, del veintidós de
marzo de dos mil veintiuno.-
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre
001], [...] y [Nombre 004], [...]; por el delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de
[Nombre 005]. Intervienen en la decisión del recurso las juezas Alejandra Valenciano
Chinchilla, R.M.A.N. y el
juez E.E.J.G.. Se apersonaron en esta sede la licenciada Beatriz
Peralta Quesada en calidad de defensora pública de los encartados y la licenciada Ana
Carolina Campos Camacho en representación de la Unidad de Impugnaciones del
Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 002-2021, de las trece horas treinta minutos del dos de
enero de dos mil veintiuno, el Tribunal Penal, I Circuito Judicial de San José, Sección
Flagrancia, resolvió: "POR TANTO:
De acuerdo con las pruebas recabadas, reglas de
la sana crÃÂtica racional, numerales 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, ordinales 1, 2
4, 11, 14, 16, 18 a 20, 22, 30, 31, 42, 43, 50, 51, 71 a 74, 209 inciso 7 y 213 inciso 3
del Código Penal, y 1 a 9, 142, 349, 351, 352, 353, 354, 356, 357, 358, 360, 361, 365
y 367 del Código Procesal Penal; este Tribunal Colegido resuelve de manera unánime
declarar a [Nombre 001], [...] y [Nombre 004], [...], Autores responsables del delito de
Robo Agravado Consumado, en perjuicio de [Nombre 005], imponiéndosele la pena de
CINCO
AÑOS y NUEVE MESES de prisión a cada imputado, pena que deberá descontar en el
lugar y forma que determinen los respectivos reglamentos carcelarios, previo abono de
la preventiva sufrida por estos hechos. Se prorroga la medida cautelar de prisión
preventiva desde el dÃÂa 02 de enero al 02 de julio ambos del 2021 inclusive, fecha en
que nuevamente será revisada la presente medida y según corresponda será cesada
prorrogada o modificada. Una vez firme la sentencia inscrÃÂbase en el Registro Judicial
remÃÂtanse los testimonios de estilo ante el Juzgado de Ejecución de la Pena y el Instituto
Nacional de CriminologÃÂa para lo de sus cargos. Son los gastos del proceso a cargo del
estado. Se omite pronunciamiento sobre destino de elementos de prueba materiales y de
haberlos será el ministerio publico quien resuelva el destino...
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