Sentencia Nº 2021-0458 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 23-03-2021
Número de sentencia | 2021-0458 |
Número de expediente | 20-000207-1103-PE(6) |
Fecha | 23 Marzo 2021 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José |
Resolución: 2021-0458
Expediente: 20-000207-1103-PE(6)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.
Segundo Circuito
Judicial de San José. G., al ser las once horas, del veintitrés de marzo de dos
mil veintiuno.-
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre
001], [...], actualmente detenido; por el delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de
[Nombre 002]. Intervienen en la decisión los jueces Rafael Mayid González
González,A.A.V. y Giovanni Mena
Artavia. Se apersonó en esta sede la licenciada S.R.G., defensora pública del
imputado.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 11-2021, de las catorce horas treinta minutos del seis
de enero de dos mil veintiuno, el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Limón, resolvió: "POR TANTO:
Conforme a lo expuesto, artÃÂculos 39 y 41 de
la Constitución PolÃÂtica, 8 inciso 2) de la Convención Americana de Derechos
Humanos, 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 14 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y PolÃÂticos, 1, 11, 18, 20, 30, 31, 45, 50, 51, 59 a 63,
71, 213 incisos 2 del Código Penal, 1, 2, 3, 6, 8, 9, 142 y siguientes, 238, 239, 324 y
siguientes, 360, 361, 363, 364, 365 y 367 del Código Procesal Penal, por el resultado
de los votos emitidos se declara a [Nombre 001] autor responsable del delito de ROBO
AGRAVADO cometido en perjuicio de [Nombre 002], imponiéndosele por ese hecho la
pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN,
pena que descontará de la forma y modo que
indiquen los respectivos
reglamentos penitenciarios a la orden de Adaptación Social, previo abono de la
preventiva sufrida. Por no reunir los requisitos no se le otorga ningún tipo de beneficio
de la pena. Se le prorroga la prisión preventiva por espacio de seis meses a partir de la
fecha del vencimiento, a saber del 13 de Febrero del 2021 al 13 de Agosto del 2021.
InscrÃÂbase en el Registro Judicial, oportunamente archÃÂvese y cancélese del libro de
entradas. H.L.S.P., M.F.P.D. y Derek Doyley
Jacamo, Jueces y Jueza de Juicio. POR LECTURA NOTIFÃ
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