Sentencia Nº 2021-0458 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 23-03-2021

Número de sentencia2021-0458
Número de expediente20-000207-1103-PE(6)
Fecha23 Marzo 2021
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2021-0458
Expediente: 20-000207-1103-PE(6)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las once horas, del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno.-
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001], [...], actualmente detenido; por el delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión los jueces Rafael Mayid González González,A.A.V. y Giovanni Mena Artavia. Se apersonó en esta sede la licenciada S.R.G., defensora pública del imputado.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 11-2021, de las catorce horas treinta minutos del seis de enero de dos mil veintiuno, el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, resolvió: "POR TANTO: Conforme a lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 8 inciso 2) de la Convención Americana de Derechos Humanos, 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1, 11, 18, 20, 30, 31, 45, 50, 51, 59 a 63, 71, 213 incisos 2 del Código Penal, 1, 2, 3, 6, 8, 9, 142 y siguientes, 238, 239, 324 y siguientes, 360, 361, 363, 364, 365 y 367 del Código Procesal Penal, por el resultado de los votos emitidos se declara a [Nombre 001] autor responsable del delito de ROBO AGRAVADO cometido en perjuicio de [Nombre 002], imponiéndosele por ese hecho la pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN, pena que descontará de la forma y modo que indiquen los respectivos reglamentos penitenciarios a la orden de Adaptación Social, previo abono de la preventiva sufrida. Por no reunir los requisitos no se le otorga ningún tipo de beneficio de la pena. Se le prorroga la prisión preventiva por espacio de seis meses a partir de la fecha del vencimiento, a saber del 13 de Febrero del 2021 al 13 de Agosto del 2021. Inscríbase en el Registro Judicial, oportunamente archívese y cancélese del libro de entradas. H.L.S.P., M.F.P.D. y Derek Doyley Jacamo, Jueces y Jueza de Juicio. POR LECTURA NOTIFÃ

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