Sentencia Nº 2021-061 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 29-01-2021
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
Fecha | 29 Enero 2021 |
Número de expediente | 13-000317-0612-PE |
Número de sentencia | 2021-061 |
1
*130003170612PE*
Expediente: 13-000317-0612-PE
Contra: [Nombre 003] y otro
Delito: Estafa y falsedad ideológica
Persona ofendida: [Nombre 001] cc [Nombre 010]
Res: 2021-061
Exp: 13-000317-0612-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Primera.
A las doce horas veinte
minutos del veintinueve de enero de dos mil veintiuno.
Recurso de apelación de sentencia penal
interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre 003], [...], y [Nombre 004], [...]; por el delito de Estafa y falsedad ideológica, en
perjuicio de [Nombre 001] cc [Nombre 010]. Intervienen en la decisión del recurso la jueza Ivette
C.C., asàcomo, los jueces
C.F.M. y D.F.R.. Se apersonaron en apelación los licenciados
S.A.A. en calidad de abogado representante de la tercera civilmente interesada
de la empresa [Valor 004], y J.C.P.M., en calidad de apoderado especial
judicial de la parte querellante y actora civil, las entidades denominadas [Valor 002] y [Nombre
019].
Resultando:
1. Que mediante sentencia número 594-2019 de las siete horas quince minutos del catorce de
octubre de dos mil diecinueve, el Tribunal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, S. Pérez
Zeledón, resolvió: "POR TANTO
: De conformidad con lo antes expuesto y artÃÂculos 39 y 41 de la
Constitución PolÃÂtica; 1, 11, 18, 19, 20, 30, 45, 216 del Código Penal; y numerales 1 al 6, 8, 9, 12, 13, 71
75, 76, 111, 112, 114, 121, 124, 142, 180 al 184, 265 a 267, 341 a 366 del Código Procesal Penal; este
Tribunal, resuelve con base en el Principio Universal de In Dubio Pro Reo ABSOLVER de toda pena y
responsabilidad a los querellados [Nombre 003] y [Nombre 004] en cuanto a los DELITOS DE ESTAFA Y
FALSEDAD IDEOLÓGICA, que le venÃÂa atribuyendo el
querellante. Se declara sin lugar la Acción Civil Resarcitoria incoada [Nombre 010]
, en contra de los
demandados civiles [Nombre 003] y [Nombre 004]. Se rechaza la solicitud de declaratoria de Falsedad
Instrumental impulsada por la representación de la
Acción Civil y querella. Se ordena el testimonio de piezas ante el Ministerio Público, para que investigue la
posible comisión de delitos en los siguientes términos: 1)
La falsedad de la información inserta en el
asiento número UNO del tomo dos del libro de Registro de Accionistas de [Nombre 019]
S. A., en relación
con los accionistas de dicha sociedad, en el punto c) y d) de dicho documento. 2) Sobre el...
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