Sentencia Nº 2021-065 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 23-03-2021
Número de sentencia | 2021-065 |
Fecha | 23 Marzo 2021 |
Número de expediente | 17-000029-1366-PJ |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José |
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL
Resolución: 2021-065
Expediente: 17-000029-1366-PJ (1)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL
. Segundo
Circuito Judicial de San José. G., a las diez horas treinta minutos
del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno.
RECURSO interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre 001].
[...]; por el delito de VIOLACIÓN, en perjuicio de [Nombre 005]
. y otro
Intervienen en la decisión del recurso, la jueza
F.C.Z. y los jueces J.A.C.M. y Alberto GarcÃÂa
Chaves. Se apersonaron en esta sede los licenciados N.A.A. en
calidad de defensora pública y L.C.M.G. representante del
Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 05-2020, de las dieciséis horas treinta
minutos del quince de febrero de dos mi veinte, el Juzgado Penal Juvenil de
Puriscal, resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con los artÃÂculos 39 y 41 de
la Constitución PolÃÂtica, 311, 341, 360 a 367, siguientes y concordantes del
Código Procesal Penal, 76, 156, 157, y 161 inciso 1) y 2) del Código Penal
99 a 107, 109, 121, siguientes y concordantes de la Ley de Justicia Penal
Juvenil, se absuelve al menor acusado [Nombre 001]. de un delito de ABUSO
SEXUAL CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD que se le venÃÂa
atribuyendo en
perjuicio de [Nombre 005] en relación al hecho número tres. Con respecto al
hecho número seis de la acusación se acoge la solicitud de
sobreseimiento definitivo formulada por las partes en virtud de la extinción de
la acción penal por prescripción. Asimismo se declara al acusado [Nombre
001]. autor responsable de un delito de VIOLACION CALIFICADA en
perjuicio de
[Nombre 005], (hecho número tres) en concurso material con dos delitos de
violación calificada en perjuicio de [Nombre 005]
y de [Nombre 006], (hecho
número 5); en consecuencia se le impone como sanción principal de
cumplimiento diferido, la sanción de INTERNAMIENTO
EN CENTRO ESPECIALIZADO por UN AÑO para cada hecho acusado, para
un total de TRES AÑOS en virtud de las reglas del concurso material; y como
Sanción Alternativa de Cumplimiento Prioritario se le impone la Sanción de
Libertad Asistida de UN AÑO por cada uno de los delitos acusados, para un
total de tres años, con el cumplimiento simultáneo de las siguientes Medidas
de Orientación y Supervisión por el mismo plazo: A) El acusado...
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