Sentencia Nº 2021-093 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 12-02-2021
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
Fecha | 12 Febrero 2021 |
Número de expediente | 16-000907-0359-PE |
Número de sentencia | 2021-093 |
1
*160009070359PE*
Expediente: 16-000907-0359-PE
Contra: [Nombre 005]
Delito: Lesiones culposas
Persona ofendida: [Nombre 003]
Res: 2021-093
Exp: 16-000907-0359-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Primera.
A las diez horas treinta y
tres minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno.
Recurso de apelación de sentencia penal
interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre 005]
,
[...], por el delito de Lesiones culposas
, en perjuicio de [Nombre 003]
.
Intervienen en la decisión del recurso los jueces C.F.M., D.F.R
y la jueza I.C.C
Se apersonaron en apelación G.B.C., en calidad de defensor particular del
imputado y M.R.V., abogada de la Oficina de la Defensa Civil de las VÃÂctimas del
Ministerio Público.
Resultando:
1. Que mediante sentencia número 157-2020 de las nueve horas del veinte de octubre de dos
mil veinte, el Tribunal Penal de Cartago, S.T., resolvió: "POR TANTO
: De conformidad con
todo lo expuesto, artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, artÃÂculos 8 y 9 de la Convención Americana
Sobre Derechos Humanos, artÃÂculos 1, 2, 11, 12, 18, 30, 45, 50, 51, 59 al 63, 71, 103 al 109, 128 del
Código Penal, artÃÂculos 122 al 138 del Código Penal de 1941 que se refieren a las Reglas Vigentes Sobre
Responsabilidad Civil, artÃÂculos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 11, 12, 13, 18 inciso c), 37 al 41, 70, 71, 75 a 83, 91, 92
94, 95, 97, 111 al 124, 142, 143, 180 al 184, 263, 264, 265 a 270, 308 y 360 a 365 y 367 del Código
Procesal Penal, y artÃÂculos 1, 3, 4, 18 y 45 Decreto Ejecutivo número 36562-J. vigente para el momento
de los hechos. (Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de AbogacÃÂa y Notariado), artÃÂculos 59 y
1045 del Código Civil, artÃÂculo 272 y 635 del Código Procesal Civil, artÃÂculos 7, 197, 198, 199 y 200 de la
Ley de Transito sobre VÃÂas Públicas Terrestres N°9087 se declara a
[Nombre 005] autor responsable de
UN
DELITO DE LESIONES CULPOSAS, en perjuicio de [Nombre 003] imponiéndosele en tal carácter el tanto
de UN MES DE PRISIÓN,
pena privativa de libertad que deberá descontar en el centro carcelario que
determinen las normas y reglamentos de Adaptación Social.
De conformidad con los artÃÂculos 59 al 63 del Código Penal se concede al sentenciado
[Nombre 005] el
BENEFICIO DE EJECUCIÓN CONDICIONAL DE LA PENA
por un plazo de TRES
años, contados a partir
de...
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