Sentencia Nº 2021-1767 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 17-11-2021
Número de sentencia | 2021-1767 |
Número de expediente | 20-000755-0053-PE |
Fecha | 17 Noviembre 2021 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José |
Expediente: 20-000755-0053-PE (10)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito
Judicial de San José. G., al ser las nueve horas cincuenta minutos, del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno.-
Vista la solicitud de adición y aclaración, presentada por la licenciada R.E.S., representante del Ministerio Público, FiscalÃÂa Adjunta de Desamparados, en esta causa seguida contra [Nombre 001], por el delito de VIOLACIÓN y OTROS, en perjuicio de PERSONA MENOR DE EDAD ([Nombre 002].), este Tribunal resuelve.
Redacta la jueza de apelación de sentencia penal SolÃÂs Zamora; y,
CONSIDERANDO:
ÚNICO.- La licenciada R.E.S., representante del Ministerio Público, presentó solicitud de adición y aclaración de la resolución número 1744, de las 9:35 horas del 12 de noviembre de 2021, emitida por este Tribunal de Apelación. En su criterio, existe una ambigüedad en esta decisión, ya que solo se prorroga la medida cautelar de localización mediante dispositivo electrónico al imputado, pero la fiscal mantiene la duda acerca de las otras medidas, a saber, mantener su domicilio fijo; prohibición de molestar, perturbar, insultar, amenazar, coaccionar, intimidar o agredir de cualquier forma, sea personalmente, por terceras personas, por teléfono, mensaje, correo a la ofendida y de no ingresar al cantón de [Nombre 003]. Indica que ella remitió la solicitud, tanto al Tribunal Penal de Desamparados, como al Tribunal de Apelación de Sentencia, pero este último solo amplió la medida de localización permanente mediante mecanismo electrónico y omitió resolver respecto a las otras medidas cautelares. Pide que se adicione o aclare si se prorrogaron las medidas cautelares diferentes a la prisión, arresto domiciliario y monitoreo electrónico para evitar confusión entre las partes procesales. Se resuelve. Esta cámara considera que no existe ningún término oscuro ni ambiguo en la decisión que indica la gestionante. Véase que, mediante la resolución número 1744, de las 9:35 horas del 12 de noviembre de 2021 resolvió lo siguiente:
"Se autoriza la prórroga de la medida cautelar de localización permanente mediante mecanismo electrónico de seguimiento de [Nombre 008]  hasta el 15 de febrero de 2022, plazo en el que deberá efectuarse el debate. Tome nota el juez coordinador del Tribunal de Juicio...
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