Sentencia Nº 2021-185 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 24-03-2021
Número de sentencia | 2021-185 |
Número de expediente | 21-000122-0219-PE |
Fecha | 24 Marzo 2021 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*210001220219PE*
Res: 2021-185
Exp: 21-000122-0219-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Segunda.
A las once horas
veinticinco minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno.
Causa penal 21-000122-0219-PE
seguida contra [Nombre 001]
por el delito de Robo simple con
violencia sobre las personas en perjuicio de [Nombre 002].
Visto el recurso de apelación de sentencia penal formulado por el Licenciado Edwin Montenegro
Cedeño en calidad de defensor público del encartado. Resuelven los jueces Jaime Robleto
Gutiérrez y M.M.N., asàcomo la jueza X.G.C.;
RESULTANDO:
1. Que mediante sentencia 86-TFPZ-2021 de las veintidós horas once minutos del veintisiete de
enero de dos mil veintiuno, el Tribunal de Flagrancia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
sede P.Z., resolvió: "POR TANTO
: De conformidad con lo expuesto, artÃÂculos 39 y 41 de la
Constitución PolÃÂtica, 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artÃÂculos 1, 11, 18, 20
24, 30, 31, 45, 50, 51, 56 bis, 57 bis, 59 a 62, 71, 73, 212 inciso 3 del Código Penal, artÃÂculos 1, 2, 3, 4,
5, 6, 12, 13, 50, 51, 54, 141, 142,169, 180 al 184, 265 al 270, 363, 365, 367, 422 a 436 del Código
Procesal Penal se declara a [Nombre 001] autor responsable de un delito de ROBO SIMPLE CON
VIOLENCIA SOBRE LAS PERSONAS, cometido en perjuicio de [Nombre 002] imponiéndosele en tal
carácter la pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN
, pena que deberá descontar en el establecimiento carcelario
que indiquen los reglamentos penitenciarios, previo abono de la
preventiva sufrida si la hubiere. Por NO cumplir con los requisitos legales NO se le concede el beneficio de
ejecución condicional de la pena ni penas sustitutivas. Firme el fallo, comunÃÂquese lo resuelto al Juzgado
de Ejecución de la Pena, al Instituto Nacional de CriminologÃÂa y al Registro Judicial para lo de su cargo
. Se
dicta esta sentencia sin especial condenatoria en costas. De conformidad con el artÃÂculo 364 y 430 del
Código Procesal Penal se decreta la prorroga de prisión preventiva de [Nombre 001]
a partir de su
vencimiento por un plazo de seis meses a partir del 05 DE FEBRERO DE 2021 y vence el 05
DE AGOSTO DE 2021. POR HABERSE DICTADO ESTA SENTENCIA EN FORMA ORAL, QUEDAN LAS
PARTES NOTIFICADAS EN ESTE ACTO, SE DEJA A DISPOSICIÓN DE LAS MISMAS LA GRABACIÓN
EN AUDIO Y VIDEO DE LA SENTENCIA. L.A.Z.H., CÉSAR LARA FALLAS Y
MARJORIE NAVARRO CASTRO. JUECES Y JUEZA DEL TRIBUNAL DE FLAGRANCIA. (sic)."
Redacta el Juez de Apelación de S.R.G., y
CONSIDERANDO:
I.- El licenciado E.M.C., defensor público de
[Nombre 001], con base en los
artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica; 1, 59, 60, 71, siguientes y concordantes del
Código Penal; 142, 184, 459, 460, 461, del Código Procesal Penal; interpone recurso de
apelación contra la sentencia oral número 86-TFPZ-2021 del Tribunal de Flagrancia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, P.Z., de las 22:11 horas del 27 de enero de 2021
resolución que declaró a [Nombre 001]
autor responsable de un delito de robo simple con
violencia sobre las personas cometido en perjuicio de [Nombre 002] y le impuso una pena de
cinco años de prisión, no se le concedió el beneficio de condena de ejecución
condicional de la pena por no cumplir con los requisitos legales. Como único motivo, se alega
falta de fundamentación descriptiva e intelectiva en cuanto a la imposición de una pena de
prisión. Se reclama que su defendido tiene...
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