Sentencia Nº 2021-189 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 25-03-2021
Número de sentencia | 2021-189 |
Fecha | 25 Marzo 2021 |
Número de expediente | 17-000099-1219-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*170000991219PE*
Res: 2021-189
Exp: 17-000099-1219-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Segunda.
A las once horas del
veinticinco de marzo del dos mil veintiuno.
Causa penal 17-000099-1219-PE
seguida contra
[Nombre 001], [Nombre 002]
y [Nombre 003]
por el delito de Venta de drogas, en perjuicio de La Salud Pública.
Visto el recurso de apelación de sentencia penal formulado por el Licenciado Juan Carlos Peralta
Montoya, en calidad de defensor particular de los encartados, contra la resolución 28-2020 dictada
por el Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, sede O., al ser las siete
horas cincuenta y cuatro minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno. Resuelven los
jueces J.R.G. y M.M.N., asàcomo la jueza Xiomara Gutiérrez
Cruz.
Redacta el Juez de Apelación de S.R.G., y
CONSIDERANDO:
I. El licenciado J.C.P.M., defensor particular de los imputados
interpuso, a partir del minuto 24, 52 segundos de la audiencia, en forma oral, un recurso de
apelación ante el Tribunal del II Circuito Judicial de la Zona Sur, sede Ciudad Cortés, en contra de
la resolución número 28-2020 de las 7:54 horas del 16 de marzo de 2021, que rechaza la gestión
de cambio de medida cautelar promovido por la defensa particular en favor de sus representados
y se resolvió que se mantienen las mismas que han estado vigentes, consistentes en la prisión
preventiva de los tres imputados hasta el 29 de julio de 2021 ordenada por este Tribunal de
Apelación. El Tribunal emplazó el recurso para ante el Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal
de Cartago en el mismo acto. No se omite indicar que la causa es de tramitación compleja. Si
bien el audio se escucha con dificultad, el licenciado J.C.P.M., manifestó que
la decisión afecta a sus representados, que se puede solventar con el monitoreo y que no existe
peligro de fuga. Además, que estima que existe fundamentación contradictoria en lo resuelto por
el juez. Señala que, para resguardar su responsabilidad profesional, no es posible que esta
actuación no tenga segunda instancia y que es por eso que plantea la apelación y solicita una
audiencia oral ante el Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal de Cartago para ampliar [
sic]
estos motivos. El representante fiscal se opuso al recurso interpuesto por la defensa, por
considerar que lo decidido era completo y conforme a...
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