Sentencia Nº 2021-257 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 22-10-2021

Número de sentencia2021-257
Número de expediente16-000724-0623-PJ
Fecha22 Octubre 2021
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución: 2021-257
Expediente: 16-000724-0623-PJ
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las catorce horas del veintidós de octubre de dos mil veintiuno.
RECURSO interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001] [...]; por el delito de ABUSO SEXUAL CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD, en perjuicio de [Nombre 004]. Intervienen en la decisión del recurso, las juezas F.C.Z., Marianela Corrales Pampillo y el juez J.A.C.M.. Se apersonaron en esta sede el licenciado G.M.G. en calidad de defensor público del joven encartado y la licenciada Y.P.G. representante del Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 117-2021, de las doce horas veintiún minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno, el Juzgado Penal Juvenil de San José, resolvió: "De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículos 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos 14 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículos 3 y 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), artículo 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia, artículos 1, 22, 30, 31, 45, 161 del Código Penal, artículos 1, 9 16 , 142, 266 al 268, 341 y siguientes y 366 del Código Procesal Penal, 1 al 26, 100 al 109, 121, 122, 123, 128 y 131 de la Ley de Justicia Penal Juvenil En atención al artículo 36 de la Constitución Política de Costa Rica y el artículo 205 del Código Procesal Penal, se declara actividad Procesal Defectuosa de carácter absoluto en cuanto al acto realizado el 13 de octubre del 2016, que corresponde a las denuncias presentadas en dicha oportunidad y en aplicación del principio in dubio pro persona menor de edad acusada, SE ABSUELVE DE TODA PENA Y RESPONSABILIDAD A [Nombre 001]., por seis delitos de ABUSOS SEXUALES CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD, que se le han venido atribuyendo en perjuicio de [Nombre 004]. Se ordena el cese de cualquier medida cautelar que se hubiese ordenado. La sentencia integral será notificada por los medios aportados por las partes dentro del...

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