Sentencia Nº 2021-262 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 27-10-2021

Número de sentencia2021-262
Fecha27 Octubre 2021
Número de expediente15-000030-1142-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución: 2021-262
Expediente: 15-000030-1142-PE
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las nueve horas cincuenta minutos del veintisiete de octubre de dos mil veintiuno.
RECURSO interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001] [...]; por el delito de ABUSO SEXUAL CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD, en perjuicio de [Nombre 005]. Intervienen en la decisión del recurso, los jueces R.S.B., Jorge A. Camacho Morales y la jueza M.C.P.. Se apersonó en esta sede la licenciada L.D.B. en calidad de defensora pública del joven encartado.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 139-2021, de las quince horas diez minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno, el Juzgado Penal Juvenil de Limón resolvió: "De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 9 14 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1 al 9, 14, 20 y 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), 1 al 8, 105 y 107 del Código de Niñez y Adolescencia, 1, 2, 3, 4 11, 12, 14, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 30, 31, 45, 72, 73 y 161 del Código Penal, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 11, 12, 13, 16, 142, 184 y 360 a 367 del Código Procesal Penal, 1 al 27, 29, 44, 45, 49, 68, 121, 122, 123, 124, 125, 128 y 131 de la Ley de Justicia Penal Juvenil, respecto al tercer hecho descrito en la pieza acusatoria, se ABSUELVE de toda pena y responsabilidad a [Nombre 001]., por el delito de ABUSO SEXUAL CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD , que se le venía atribuyendo como cometido en perjuicio de [Nombre 005] , respecto al resto de hecho descritos en la pieza acusatoria se declara a [Nombre 001]., se declara AUTOR RESPONSABLE por el delito de ABUSO SEXUAL CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD, cometido en perjuicio de [Nombre 005], y por ello se le impone al mismo COMO SANCIÓN PRINCIPAL y ÚNICA el Internamiento en un Centro Especializado por el plazo total de UN AÑO; tiempo durante el cual deberá cumplir con los programas indicados que le imparta el Programa de Menores de Edad de la Dirección General de Adaptación Social, plazo...

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