Sentencia Nº 2021-618 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 05-11-2021
Número de sentencia | 2021-618 |
Fecha | 05 Noviembre 2021 |
Número de expediente | 18-000775-0456-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*180007750456PE*
Expediente: 18-000775-0456-PE
Contra:[Nombre 001]
Delito:Transporte internacional de drogas
Ofendido:La Salud Pública
Res: 2021-618
Exp: 18-000775-0456-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Primera.
A las diez horas con
treinta y cuatro minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiuno.
Vista la anterior solicitud de prórroga de la prisión preventiva del imputado
[Nombre 001]
formulada por el licenciado J.S.C., Fiscal auxiliar de Golfito, en causa seguida contra
[Nombre 001] por el delito de transporte internacional de drogas en daño de
La Salud Pública,
este Tribunal integrado por la jueza I.C.C.; asàcomo los jueces
D.F.R. y C.F.M. resuelve;
Informa la J.C.C.; y,
CONSIDERANDO:
I.- El representante fiscal solicita se prorrogue por dos meses, la prisión preventiva del acusado
con base en las siguientes razones:
(a) Mediante la copia literal de la pieza acusatoria, el interesado informa que se atribuye al
sindicado [Nombre 001] la venta de cocaÃÂna y marihuana, en asocio con el coimputado
[Nombre
003] -quien no es objeto de esta solicitud-, durante el perÃÂodo comprendido entre el 14 de junio
de 2017 y el 13 de marzo de 2020, en el sector de Golfito, RÃÂo
Claro. A., que existen suficientes elementos que abonan la responsabilidad del acusado en
los hechos que se le atribuyen –los cuales detalla- recabados durante la etapa de investigación y
que, en su momento, justificaron el dictado de un auto de elevación a juicio y el debate fue
señalado para el 4 y 5 de noviembre de 2021.
(b) En cuanto al historial procesal, mediante el recuento de las distintas órdenes judiciales que
han venido dando soporte a la vinculación forzosa del acusado a la causa, el interesado ilustra
que aquel fue detenido desde el dÃÂa 07 de mayo de 2020 y a la fecha, a la orden del Juzgado
Penal y el Tribunal Penal, ambos de Golfito, en distintas oportunidades. De importancia, agrega
que, mediante resolución del pasado 15 de octubre, ese mismo tribunal, autorizó la última
prolongación de la medida por veintiún dÃÂas y hasta el 06 de noviembre de 2021, según lo
dispuesto por este Tribunal de Apelación, en resolución del 13 de octubre de ese mismo año.
(c) En cuanto a los peligros procesales, manifiesta que permanecen inalterables aquellos que
fueron tomados en cuenta desde el inicio de la causa. A saber, se argumenta un peligro...
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