Sentencia Nº 2021-630 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 17-11-2021
Número de sentencia | 2021-630 |
Fecha | 17 Noviembre 2021 |
Número de expediente | 21-000054-1295-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*210000541295PE*
Res: 2021-630
Exp: 21-000054-1295-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Segunda.
A las once horas del
diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno.
Causa penal 21-000054-1295-PE
seguida contra
[Nombre 004] por el delito de
Infracción a la
Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, en su modalidad de agresión psicológica
en
perjuicio de [Nombre 002].
Recursos de apelación de sentencia penal formulados por el Licenciado Edwin Montenegro
Cedeño, en calidad de defensor público del encartado, y por la licenciada E.R.M
en su condición de F.A. de P.Z.. Resuelven los jueces M.M.N. y
J.R.G., asàcomo la jueza X.G.C.;
RESULTANDO:
1. Que mediante sentencia 313-2021 de las veintidós horas treinta y cuatro minutos del dieciséis
de abril de dos mil veintiuno, el Tribunal de Flagrancia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
sede P.Z., resolvió: "POR TANTO
: De conformidad con lo expuesto artÃÂculos 39 y 41 de la
Constitución PolÃÂtica, numerales 1, 11, 18, 19, 20, 22, 30, 45, 50, 51, 56 bis, 57 bis, 59 al 63, 71, 74 , 76
312 del Código Penal; nominales 1 al 6, 9, 12, 13, 16, 142, 180 al 184, 265 al 267, 303, 341 al 367, 422,
424 y 428 del Código Procesal Penal; se resuelve: a) Se declara al acusado [Nombre 004]
autor
responsable de UN DELITO DE INFRACCIÓN A LA LEY INTEGRAL PARA LA PERSONA ADULTA MAYOR,
en su modalidad de agresión psicológica, cometido en perjuicio de
[Nombre 002],
y en tal carácter se le
impone la pena de DOS MESES DE PRISIÓN. b)
Se declara al acusado [Nombre 004]
autor responsable de
UN DELITO DE RESISTENCIA, cometido en perjuicio de LA AUTORIDAD PÚBLICA,
y en tal caracter se
le impone la pena de CUATRO MESES DE PRISIÓN.
Según las reglas de
penalidad para los delitos que concursan materialmente, se impone una pena total de SEIS MESES DE
PRISIÓN. Pena que deberá descontar la sentenciada, en el lugar que establezcan los reglamentos
penitenciarios, previo abono de la prisión preventiva sufrida si la hubiere. Por NO reunir los requisitos para
ello, no se concede al sentenciado [Nombre 004], el Beneficio de Ejecución Condicional de Pena. Se rechaza
la solicitud de revocatoria de los beneficios de ejecución condicional de la pena en las causas
20-000142-1295-PE y 20-000160-1295-PE, por no haber incumplido las condiciones fijadas. Se dicta
sentencia sin especial condenatoria...
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