Sentencia Nº 2021-643 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 19-11-2021

Número de sentencia2021-643
Número de expediente20-000825-0058-PE
Fecha19 Noviembre 2021
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
1

*200008250058PE*

Expediente: 20-000825-0058-PE
Contra: [Nombre 001]
Delito: Homicidio Simple
Ofendido: [Nombre 003]
Res: 2021-643
Exp: 20-000825-0058-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Primera. A las quince horas con treinta y seis minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veintiuno.
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001] , [...] , por el delito de HOMICIDIO SIMPLE, en perjuicio de [Nombre 003]. Intervienen en la decisión del recurso la jueza I.C.C., así como, los jueces C.F.M. y D.F.R.. Se apersonaron en apelación, los licenciados A.R.R. en calidad de defensora público del imputado, y Rodrigo Araya Solano como representante de la Querella y Acción Civil.
Resultando:
1. Mediante sentencia número 484-2021 de las ocho horas con treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintiuno, el Tribunal Penal de Juicios de Cartago, resolvió: " POR TANTO: " De acuerdo con las pruebas recabadas, reglas de la sana crítica racional, numerales 39 y 41 de la Constitución Política; 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8 inciso segundo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; ordinales 1, 2, 4, 11, 14, 16, 18 a 20, 24, 30, 45, 50, 51 71 a 74 y 111 del Código Penal; artículos 1 a 7, 45, 47, 130, 141 al 145, 239 y siguientes, 265 a 269, 343 349, 351, 352, 354, 356 a 358, 360, 361, 365, 366 y 367 del Código Procesal Penal, Título IV Libro I del Código Penal de 1941; artículos 16, 39 y 42 del Decreto Ejecutivo No. 41457-JP, este Tribunal Colegiado por unanimidad de sus votos resuelve: a) se declara al imputado [Nombre 001] autor responsable de un delito de HOMICIDIO SIMPLE, así recalificado, cometido en perjuicio de [Nombre 003] y en tal carácter se le impone una pena de DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, pena que deberá descontar en el lugar y forma que determinen los respectivos reglamentos penitenciarios, previo descuento de la preventiva sufrida si la hubiere. b) se absuelve de toda pena y responsabilidad al imputado [Nombre 001] por un delito de VIOLACIÓN que se le venía atribuyendo por medio de la querella como cometido en perjuicio de [Nombre 003]. En aras de garantizar el cumplimiento de la sanción impuesta una vez firme, siendo que ha recaído sentencia condenatoria en contra del imputado se ordena la prórroga de la medida cautelar de prisión preventiva del imputado [Nombre 001] por el plazo de SEIS MESES desde su vencimiento el día 02 de setiembre del 2021 y hasta el próximo 02 de marzo del 2022. Por no cumplir con los requisitos legales, no se otorga el beneficio de ejecución condicional de la pena, ni se sustituye la pena principal. Se...

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