Sentencia Nº 2022-00202 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 10-03-2022
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón |
Número de expediente | 21-000295-0332-PE |
Fecha | 10 Marzo 2022 |
Número de sentencia | 2022-00202 |
PODER
JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER
CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA,
SAN RAMÓN
Tel: 2456-9069
tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr
Fax: 2445-5193
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Exp: 21-000295-0332-PE
Res: 2022-00202
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN TERCERA. S.R.
, a las trece horas
(01:00 pm) del diez de marzo de dos mil veintidós.
Visto el anterior recurso de apelación de sentencia que se formula, se resuelve;
R. la Jueza de Apelación de Sentencia
Rodríguez Morales y;
CONSIDERANDO:
ÚNICO. A folio 284 del expediente número 21-295-332-PE, seguido contra
[Nombre 001] por el delito de Abuso de la Patria Potestad y otros en perjuicio de
[Nombre 002], consta acta que señala que el Tribunal de Juicio del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, sede S.R., a las 08:20
horas de hoy 10 de marzo de 22 inició el debate oral y público en esta causa. En
dicha acta, reza que de previo a la lectura de la acusación, el defensor, licenciado
E.C.R.:, "presenta una incidencia: solicita se suspenda el debate
ya que falta una prueba solicitada desde ampliación de indagatoria, presente en
folio 161, sea una valoración social para determinar antecedentes de violencia
doméstica, información del Hospital Nacional Psiquiátrico sobre atenciones
médicas de la ofendida y estudio de abonado del teléfono de la ofendida"
(textual). El tribunal de juicio concedió audiencia al Ministerio Público, que se
opuso a lo solicitado. A las 08.56 horas el Tribunal resolvió: "...se rechaza la
solicitud incoada por la Defensa, ya que las pruebas echadas de menos por la
Defensa Técnica y Material si(sic) fueron gestionadas por el Ministerio Público
por lo que constan en el expediente" (textual). El defensor interpuso recurso de
revocatoria con apelación en subsidio contra dicha decisión la cual fue rechazada
por el Tribunal,. En esa oportunidad se suspendió el debate para continuar mañana
a las 08:00 horas y remitió los autos a esta oficina a efecto de que se resolviere el
recurso de apelación que se interpuso contra la referida resolución que rechaza el
ofrecimiento de prueba. En esta misma fecha, mediante escrito presentado por el
defensor C.R., se solicitó vista para fundamentar la apelación.
II. El recurso de apelación se declara inadmisible
. En el artículo 437 del
Código Procesal Penal se contempla el principio de taxatividad...
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