Sentencia Nº 2022-00209 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 14-03-2022

Número de sentencia2022-00209
Número de expediente20-001193-0061-PE
Fecha14 Marzo 2022
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal III Circuito Judicial de Alajuela San Ramón
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, Tel: 2456-9069 ó 2456-9071 t apelacion-sra@poder-judicial.go.cr Fax: 2445-5193
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Exp: 20-001193-0061-PE
Res: 2022-00209

TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN TERCERA. S.R., a las nueve horas veintiocho minutos del catorce de marzo de dos veintidós.

Analizada la anterior solicitud presentada por el fiscal L.A.R.R., fiscal del Ministerio Público de P., en la que solicita la prórroga de la prisión preventiva que pesa en contra de los imputados [Nombre 001] y [Nombre 002], se resuelve; R. la Jueza de Apelación de S....G.S.,

CONSIDERANDO:

I. Sobre la solicitud de prórroga de prisión . El representante fiscal hace un recuento del plazo por el cual han permanecido detenidos los imputados, cuya detención se dio el 17 de setiembre de 2020, recayendo contra ambos prisión preventiva hasta el 17 de setiembre de 2021, fecha en la cual se dictó sentencia condenatoria y se prorrogó la medida cautelar hasta el 17 de marzo de 2022. La sentencia número 415-P-2021 del Tribunal de P., los condenó a 12 años de prisión, por el delito de homicidio simple, fallo que fue apelado ante este Tribunal de Apelación. Pide se prorrogue por seis meses la medida de prisión, para asegurar los fines del proceso y la ejecución de la sentencia recurrida. Cita los hechos por los cuales se condenó a los encartados. Sobre los peligros procesales invoca el de fuga, compuesto por la alta pena impuesta, la magnitud del daño causado y los endebles arraigos familiares y domiciliares de los justiciables. También señala que existe peligro de obstaculización, por cuanto los imputados vivían cerca de las víctimas y estos habían participado en atentados en contra del ofendido, de previo a los hechos. De igual modo hace saber del peligro de continuidad delictiva en el caso de [Nombre 001], quien al momento de los hechos se encontraba bajo un beneficio carcelario, por una condena por Infracción a la Ley de Psicotrópicos. Todo esto se ha considerado por los jueces a la hora de mantenerlos detenidos, como contención efectiva a través del proceso, sin que exista otra medida de iguales características. Considera proporcional la prórroga de la prisión preventiva.

II. Sobre la audiencia a las partes. Este Tribunal de Apelación, mediante resolución de las 15:17 horas del 03 de marzo de 2022 (folio 71), concedió audiencia por 24 horas a las partes, con el fin de que se pronunciaran sobre la necesidad de realizar una audiencia oral, para conocer de la gestión fiscal. En el lapso indicado, ninguna se pronunció.

III. Sobre la competencia de este Tribunal de Apelación . Informa el fiscal que los imputados se han mantenido bajo prisión preventiva, conforme con la siguiente secuencia de prórrogas: 1. Mediante resolución de las 20:47 horas del 17 de setiembre de 2020, el Juzgado Penal de P. ordenó la prisión preventiva en contra [Nombre 001] y [Nombre 002], por el plazo de 4 meses, a vencer en fecha 16 de enero de 2021, esto en atención a la existencia del peligro procesal de fuga, obstaculización y peligro para la víctima, reiteración delictiva 2. Mediante resolución de las 14:45 horas del 11 de enero de 2021, el Juzgado Penal de P. prorrogó la medida cautelar de prisión preventiva de [Nombre 001] y [Nombre 002], por el plazo de 3meses, a vencer en fecha 16 de abril del 2021. 3. Mediante resolución de las 13:00horas del 14 de abril de 2021, el Tribunal Penal de P., prorrogó la medida cautelar de prisión preventiva, por el plazo de dos meses y 9 días más, hasta 25 de julio de 2021. 4. El Tribunal de Juicio de P., durante el debate de la presente causa prorrogó la medida cautelar del 25de julio de 2021 hasta el 27de agosto de 2021. 5. El Juicio fue revocado y el Tribunal conoció la prisión preventiva y prorrogó la medida de prisión preventiva para la realización del mismo, hasta el 17 de setiembre de 2021. 6. Mediante sentencia N° 415-P-2021del Tribunal de Juicio de P., de las dieciséis horas del 17 de setiembre de 2021, se prorrogó por...

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