Sentencia Nº 2022-0200 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 13-10-2022
Número de sentencia | 2022-0200 |
Fecha | 13 Octubre 2022 |
Número de expediente | 20-001080-0065-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José |
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución: 2022-0200
Expediente: 20-001080-0065-PE (5)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN
SEGUNDA, Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las diez
horas cincuenta y cinco minutos del trece de octubre de dos mil veintidós.-
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre 003]., [...], por el delito de TENTATIVA DE
HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de [Nombre 006]. Intervienen en la
decisión del recurso, los jueces J.A.C.M., Gustavo A.
Jiménez Madrigal y la jueza F.C.Z.. Se
apersonó en esta sede y la licenciada E.R.B., en representación
del Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 138-2022, de las once horas treinta y ocho
minutos del primero de setiembre del dos mil veintidós, el Juzgado Penal
Juvenil de Ciudad Quesada, resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con lo
expuesto, artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, 8 inciso 1) y 11 de la
Convención Americana de los Derechos Humanos, artÃÂculo 9 inciso 2 del
Pacto Internacional de los Derechos Civiles y PolÃÂticos, artÃÂculo 40 de la
Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas mÃÂnimas de las Naciones
Unidas para la Administraci ón de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing),
artÃÂculos 1, 30, 31, 45, 76, 111 relacionado con el 112 inciso 8) y el 24 del
Código Penal, artÃÂculos 1, 9, 16, 142, 258, 266, 267, 268, 341, 367 y
siguientes del Código Procesal Penal, 1 al 26, 29, 44, 45, 100 al 109, 121,
122 y 131 de la Ley de Justicia Penal Juvenil, se declara a [Nombre 003].
autor responsable de un delito de TENTATIVA DE HOMICIDIO
CALIFICADO, en
perjuicio de [Nombre 006]; y como tal, se le impone como sanción única y
principal el INTERNAMIENTO DIRECTO EN
CENTRO ESPECIALIZADO, por el plazo de SIETE AÑOS
. Son las costas
procesales a cargo del Estado. NOTIFÃ
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