Sentencia Nº 2022-141 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 11-03-2022

Número de sentencia2022-141
Fecha11 Marzo 2022
Número de expediente21-000128-0990-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
1

*210001280990PE*

Expediente: 21-000128-0990-PE
Contra: [Nombre 001] y otro
Delito: Infracción a la Ley de Psicotrópicos
Parte ofendida: La Salud Pública
Res: 2022-141
Exp: 21-000128-0990-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Primera. A las diez horas cincuenta minutos del once de marzo de dos mil veintidós.
Recurso de apelación de sentencia penal interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001], [...], y [Nombre 003], [...]; por el delito de Infracción a la Ley de Psicotrópicos , en perjuicio de La Salud Pública. Intervienen en la decisión del recurso los jueces C.F.M. y D.F.R., así como, la jueza Ivette Carranza Cambronero. Se apersonaron en apelación C.L.M.B., en calidad de defensor particular del imputado [Nombre 003], y R.M.V., representante del Ministerio Público.
Resultando:
1. Que mediante sentencia número 702-2021 de las trece horas diez minutos del quince de diciembre de dos mil veintiuno, el Tribunal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Pérez Zeledón, resolvió: "POR TANTO : De conformidad con lo expuesto, normas citadas, artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 1, 11, 30, 45, 50, 71, 73, 74 y 110 del Código Penal; 58 y 87 de la Ley de la Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas Drogas de Uso no autorizado, Legitimación de Capitales y Actividades Conexas, Nº 8204; y numerales 1, 3, 5, 6, 9, 142, 238, 239, 240, 258, 265 a 267, 303, 363 a 365, 367, y 373 a 375 del Código Procesal Penal, se declara a [Nombre 001] Y [Nombre 003] , autores responsables del delito de Infracción a la Ley de Psicotrópicos, en la modalidad de Posesión, Almacenamiento, Distribución y Venta de Cocaína base "Crack" y de M., con fines de tráfico, cometido en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA; y en tal carácter se se impone a [Nombre 001] la pena de SIETE AÑOS DE PRISIÓN y al encartado [Nombre 003] la pena de SEIS AÑOS CON CUATRO MESES DE PRISIÓN, por un delito de Infracción a la Ley de Psicotrópicos; pena que deberán descontar en el respectivo establecimiento carcelario, previo abono de la preventiva sufrida. Se rechaza la solicitud de comiso realizada por el Ministerio Público; En cuanto a la restante prueba material y documental se ordena preservar en el despacho. Son los gastos del proceso a cargo del Estado. Son los gastos del proceso penal a cargo...

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