Sentencia Nº 2022008042 de Sala Constitucional, 06-04-2022
Emisor | Sala Constitucional (Corte Suprema de Costa Rica) |
Fecha | 06 Abril 2022 |
Número de expediente | 22-006134-0007-CO |
Número de sentencia | 2022008042 |
*220061340007CO*
Exp: 22-006134-0007-CO
Res. Nº 2022008042
SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J., a las nueve horas veinte minutos del seis de abril de dos mil veintidos .
Recurso de amparo interpuesto por [Nombre 001] , cédula de identidad n. [Valor 001], contra la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS).
Resultando:
1.-
Por medio recibido el 22 de marzo de 2022, la recurrente interpone recurso de amparo contra la Caja
Costarricense de Seguro Social,. Manifiesta que el 8 de abril de 2021 le aplicaron la primera vacuna contra la
COVID-19, en su brazo izquierdo; lo cual le provoco un fuerte dolor, sufriendo una descomposición. Sin
embargo, señala que las autoridades médicas le indicaron que era normal. A pesar de ello, asegura que tiene
casi un año de tener dolor en su brazo izquierdo; además, que, debido a su contagio por el virus de la
COVID-19, tuvo secuelas, como dolor de cabeza y le cuesta conciliar el sueño. Señala que su salud se ha
deteriorado y que los dolores le impiden realizar sus actividades diarias, pero no ha recibido atención
médica. Menciona que se apersonó al EBAIS de Santa Cecilia de Santa Cruz, donde la Dra. MarÃÂa Delcidia
Mora Vargas
únicamente le otorgó una referencia para la realización de un ultrasonido en el hombro izquierdo en el
hospital de Nicoya. No obstante, aqueja que en ese centro médico le programaron la cita para el 2 de junio
de 2022, plazo que estima desproporcionado. Considera que los hechos expuestos lesionan su derecho a la
salud, por lo que solicita la intervención de la Sala.
2.- Mediante el auto de las 14:14 horas de 23 de marzo de 2022, se admitió el recurso de amparo y se le dio
traslado al director general y al jefe del Servicio de RadiologÃÂa, ambos del hospital Anexión de Nicoya, sobre
los hechos alegados por la recurrente. Asimismo, se confirió audiencia a la Dra. M.D.M.V.,
en su condición de médica tratante de la recurrente en el Ebais de Santa Cecilia de Santa Cruz, para lo que
tenga a bien manifestar.
3.- Por medio del escrito agregado al expediente digital el 31 de marzo de 2022, informan bajo juramento
A.A.L. y O.M.C., por su orden, director general y jefe del Servicio de
RadiologÃÂa, ambos del hospital Anexión de Nicoya, que, del “expediente electrónico clÃÂnico de la
amparada, se evidencia que efectivamente la señora J., es atendida únicamente por medico general de
su EBAIS correspondiente y servicio de urgencias, se observa que fue atendida el dÃÂa 19 de noviembre
2021, por hombro doloroso izquierdo desde hace 4 meses, sin evidencia de trauma del hombro. El dÃÂa
19/01/2022 consulta en su EBAIS, por control de su patologÃÂa crónica, y en la consulta el médico
tratante describe “Recibo a femenina de 58 años, luce consciente, orientada, comunicativa, taquicardia,
hipertensa, ventilando aire ambiente, moviliza sus extremidades, deambula sin dificultad.â€