Sentencia Nº 2023-0004 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 10-01-2023
Número de sentencia | 2023-0004 |
Fecha | 10 Enero 2023 |
Número de expediente | 12-002163-0472-PE(22) |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José |
Resolución: 2023-0004
Expediente: 12-002163-0472-PE(22)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las once horas con quince minutos, del dÃÂa diez de enero del año dos mil veintitrés. -
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 54-2022, de las dieciséis horas con cuarenta y cinco minutos del dÃa veintiséis de enero de dos mil veintidós, el Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, L., resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto y artÃculos 39 y 41 de la Constitución PolÃtica, 1, 6, 142, 180 al 184, 267, 360 a 365 y 367 del Código Procesal Penal; y 1, 30, 31, 45, 50, 56 bis, 57 bis, 59, 71 a 74, 161 inc. 1, 2 y 5 del Código Penal, se resuelve: declarar a [Nombre 001] , autor responsable de haber cometido UN DELITO DE ABUSO SEXUAL CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD AGRAVADO, en tal carácter se le impone la penal de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, sanción que deberá descontar en el establecimiento carcelario respectivo previo abono de la preventiva que hubiere sufrido. No se otorga el beneficio de Ejecución Condicional al no cumplir los requisitos de Ley. No se otorga la PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMUNITARIOS, ni el ARRESTO DOMICILIARIO CON MONITOREO ELECTRÓNICO por cuanto en el delito es de carácter sexual. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas, son los gastos del proceso a cargo del Estado por haberse actuado a instancia del Ministerio Público. C. lo resuelto al Juzgado de Ejecución de la Pena, al Instituto Nacional de CriminologÃa y al Registro Judicial para lo de sus cargos, una vez que adquiera firmeza la presente sentencia. Que la totalidad de la audiencia y todas sus incidencias fueron grabadas en formato digital, registro electrónico al que las partes podrán tener acceso en caso de requerirlo. N.. G.M.S.. Juez de Juicio. (sic)."
II.- Que contra el anterior pronunciamiento, La licenciada C.A.G., defensora pública del Imputado interpusó el recurso de apelación de sentencia penal, mismo que es resuelto por la presente integración en aplicación del plan remedial de asuntos con retraso en sede de apelación.
III.- Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artÃÂculo 465 del Código Procesal Penal, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso de apelación.
IV.- Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.
Redacta el juez de Apelación de Sentencia Penal M.L..
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba