Sentencia Nº 2026003267 de Tribunal Contencioso Administrativo, 21-05-2026

EmisorTribunal Contencioso Administrativo (Costa Rica)
Fecha21 Mayo 2026
Número de expediente26-002192-1027-CA - 7
Número de sentencia2026003267
Año2026
Categoríalitisconsorcio pasivo necesario
Documento PJEDITOR

*260021921027CA*

Image

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA.

Central 2545-0003. Fax 2545-0033. Correo Electrónico tproca-sgdoc@poder-judicial.go.cr

Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A (Antiguo Edificio Motorola)

________________________________________________________________________

N° 2026003267

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL, SAN JOSÉ, GOICOECHEA, a las once horas con cuarenta y cuatro minutos del veintiuno de mayo del dos mil veintiseis.-

Se resuelve I.ón del litisconsorcio pasivo necesario formulada dentro del proceso de medida cautelar establecido por el señor T.E.R.íguez S., mayor, abogado, carné de colegiado N° 19984, cédula de identidad N° 06-0132-0576, contra el Estado, representado por la Licda. A.F.M.ínez, mayor, casada, abogada, vecina de San José, cédula de identidad número 1-1334-0161, en su condición de Procuradora Adjunta, se resuelve;

CONSIDERANDO

I) HECHOS PROBADOS: De importancia se enlistan: a) Dentro de las pretensiones de la demanda cautelar formulada por la parte actora, se tienen: "

. ". (ver pretensiones del escrito inicial de la demanda cautelar, a imagen 2 en digital a la fecha). b) A éste proceso se apersona la representación del Estado, contesta la medida cautelar y formula la excepción de litis consorcio pasivo necesario y solicita que se integre al proceso al Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), manifestando lo siguiente: " (...).

Según lo dispone el cardinal 4 de la ley de creación número 6324 del COSEVI, este detenta la naturaleza de órgano persona con personalidad jurídica instrumental y por ende, de conformidad con lo estipulado en el inciso 2 del artículo 12, 66 inciso f) y 71 del Código Procesal Contencioso Administrativo (en adelante CPCA), debe figurar también como parte demandada en este asunto, para defender de manera independiente sus intereses.

En razón de lo expuesto, consideramos que, el COSEVI debe integrar la litis como en derecho corresponde, por lo que, respetuosamente, solicitamos con su integración y se le otorgue el plazo para referirse a la tutela cautelar que nos ocupa.(...)". (ver escrito de contestación presentado a estrados judiciales el día 07 de mayo del 2026, a imagen 64 en formato digital a la fecha). c) Que mediante resolución de las ocho horas veintitrés minutos del quince de mayo del año dos mil veintiséis, se confirió la audiencia de ley. (ver imagen 188 en digital a la fecha). d) Que mediante memorial presentado a estrados judiciales el día 15 de mayo del 2026, la parte actora se pronuncia al respecto: " (...).

". ( ver documento a imagen 191 en digital a la fecha).-

II) SOBRE EL FONDO: La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, en funciones de Tribunal de Casación de lo Contencioso-Administrativo, ha tratado en varias ocasiones el tema, estableciendo que esta figura implica la existencia de relaciones jurídicas materiales respecto de las cuales no es posible pronunciarse fraccionándolas o calificándolas sólo en relación de algunos de sus sujetos, pues la decisión engloba y obliga a todos. La presencia de todos los sujetos es indispensable para que la relación procesal se complete y sea posible decidir en sentencia sobre el fondo de la misma (Resolución número 156-F-TC-2008, de 8:45 horas del 7 de noviembre, citando las resoluciones números 824-2000 de las 16 horas 05 minutos del primero de noviembre de 2000 y 482-2005 de las 10 horas 30 minutos del 07 de julio de 2005). Ha indicado la Sala además , que con esta figura se busca garantizar la participación y defensa en el proceso a todos los sujetos cuya esfera jurídica sustancial será afectada con la resolución definitiva del asunto, sea porque la pretensión deba ser planteada por un cúmulo de sujetos, titulares del interés subjetivo cuya tutela o reconocimiento se reclama o, por cuanto aquélla debe indefectiblemente dirigirse en su contra (litis consorcio pasivo necesario). En cuanto al litis consorcio pasivo necesario, la Sala ha establecido que este instituto procura garantizar la correcta formación del contradictorio procesal, ya que al ser indivisible la relación sustancial, es indispensable en lo que atañe a la parte demandada, que al proceso concurran todos los sujetos a quienes corresponda contradecir la pretensión deducida. De ello deriva la importancia de que el litis consorcio se integre debidamente, toda vez que, de lo contrario, no podrá conocerse el fondo del asunto y la sentencia no podrá pronunciarse respecto de la situación jurídica sustancial debatida en el proceso, pues no puede afectar o perjudicar a quien no ha sido parte con el necesario cumplimiento del debido proceso (Resolución Nº 156-F-TC-2008, de las 8:45 horas del 7 de noviembre, citando las resoluciones números 29-F-TC-2008 de las 14:15 horas del 8 de mayo de 2008, 30-F-TC-2008 de las 14:20 del 8 de mayo de 2008 y Nº 63-A-TC-2008 de las 9:45 horas del 11 de junio de l 2008). Véase entre otras la sentencia número 425-2013, de las diez horas cero minutos del diecinueve de julio del año dos mil trece, dictada por el Tribunal de Apelaciones. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 22.1 del Nuevo Código Procesal Civil, articulo 12 inc. 2) y 220 del Código Procesal Contencioso Administrativo, para poder debatir sobre el fondo de éste asunto, estima este juzgador que es necesario contar con la participación del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), pues esta es necesaria en virtud de que la relación jurídico material de las pretensiones del proceso cautelar, tendría incidencia en lo que se resuelva al respecto. Es decir, se considera que en este caso en concreto, es aplicable lo dispuesto en el artículo 12. inc 2) del Código Procesal Contencioso Administrativo, en tanto es un órganos administrativos con personalidad jurídica instrumental, y es el autor de la conducta administrativa objeto del proceso cautelar. Por lo antes expuesto se declara con lugar la solicitud de integrar la litis consorcio pasiva necesaria contra del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), formulada en este presente proceso por parte de la representación del Estado.-

POR TANTO

De conformidad con lo expuesto, articulo 22.1 del Nuevo Código Procesal Civil y articulo 12. inc. 2) y 220 del Código Procesal Contencioso Administrativo, se declara con lugar la solicitud de integrar la litis consorcio pasiva necesaria contra del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), formulada en éste presente proceso. Con el fin de notificar al aquí integrados, aporte el actor un juego de copias del presente proceso cautelar, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión no se le atenderán sus futuras gestiones. N.íquese.-

Lic. A.G.ínez Prado.

Juez.

EXPEDIENTE:

26-002192-1027-CA - 7

PROCESO:

Medida Cautelar Intraprocesal.

ACTOR/A:

TOMAS RODRÍGUEZ SOLANO

DEMANDADO/A:

EL ESTADO

agodínez.-

- Código Verificador -
*DXQHZJNTTCQ61*
DXQHZJNTTCQ61



Documento firmado por:

A.G.P., JUEZ/A TRAMITADOR/A

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR