Sentencia de Sala Constitucional, 06-08-2021
Emisor | Sala Constitucional (Corte Suprema de Costa Rica) |
Fecha | 06 Agosto 2021 |
Número de sentencia | 21-014004-0007-CO |
*210140040007CO*
EXPEDIENTE N° 21-014004-0007-CO
PROCESO: RECURSO DE AMPARO
RESOLUCIÓN Nº 2021017395
SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J., a las nueve horas quince minutos del seis de agosto de dos mil veintiuno .
Resultando:
1.- Por escrito recibido mediante el Sistema de Gestión en LÃÂnea de la Sala a las 14:03 horas del 20 de julio de 2021, el recurrente interpone recurso de amparo contra la Caja Costarricense de Seguro Social. Manifiesta que el amparado tiene 40 años y padece dolor testicular izquierdo. Explica que, desde abril de 2020, le fue emitida una solicitud de ultrasonido de escroto en el Hospital Max Peralta y, desde entonces, está en lista de espera. Por lo anterior, estima lesionado el derecho a la salud del tutelado y solicita que se declare con lugar el recurso.
2.- En resolución de las 9:40 horas del 21 de julio de 2021, se dio curso al proceso, y se solicitó informe al director médico y al jefe del Servicio de RadiologÃÂa e Imágenes Médicas, ambos del Hospital Max Peralta Jiménez, sobre los alegados por el recurrente.
3.- Mediante escrito recibido por el correo electrónico de la Sala a las 17:12 horas del 27 de julio de 2021, informan bajo juramento K.D.V. y J.C.S.G., por su orden, directora general y jefe del Servicio de RadiologÃÂa e Imágenes Médicas, ambos del Hospital Dr. M.P.J.. Indican que el ultrasonido testicular se le ha programado al amparado a las 11:00 horas del 20 de octubre del 2021. Resaltan que, pese a estar en plena atención de la pandemia, se le procede a adelantar al amparado el procedimiento que reclama, aunque existan directrices sanitarias ordenadas por el Ministerio de Salud para que los casos no urgentes sean diferidos de aquellos que sàlo son. Comentan que no se aporta por la parte recurrente criterio técnico alguno que denote la existencia del carácter de urgencia por el procedimiento que reclama el amparado para pretender que el adelantar esta atención desplace una de carácter urgente. Solicitan a la Sala que se declare sin lugar el recurso.
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