Sentencia de Tribunal de la Inspección Judicial, 23-02-2021

Número de sentencia29-12
Número de expediente20-000301-0031-DI
Fecha23 Febrero 2021
EmisorTribunal de la Inspección Judicial (Costa Rica)

*200003010031DI*

EXPEDIENTE:
20-000301-0031-DI
CONTRA:
[Nombre 001]
OFENDIDO:
INSPECCION JUDICIAL
ACTO FINAL
Voto n°632-2021
TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., al ser las catorce horas dieciséis minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.-
Proceso disciplinario tramitado bajo el expediente número 20-000301-0031-DI seguido contra el licenciado [Nombre 001], cédula de identidad número [Valor 001], en su condición de Juez del Juzgado Contravencional y de Pensiones Alimentarias del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, S.C.. Proceso disciplinario iniciado de oficio por el Tribunal de la Inspección Judicial. Participó como Órgano Instructor del Procedimiento la licenciada M.E.V.S. y en condición de Defensor Público de la encausada el licenciado G.G.V..
RESULTANDO
I.- Mediante resolución de las diez horas y veintiocho minutos del tres de febrero de dos mil veinte, se dio audiencia al licenciado [Nombre 001], en su condición de Juez del Juzgado Contravencional y de Pensiones Alimentarias del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, para que informara con respecto a los siguientes cargos donde concretamente se le acusó: “…
1- Por resolución de las 16:30 horas del 08 de agosto de 2018, este despacho dictó traslado de cargos en contra el servidor [Nombre 004] [...], lo anterior según el expediente N°18-001296-0031-IJ.
2- Asimismo, por resolución de las 09:12 del 11 de setiembre de 2018, el Tribunal de la Inspección Judicial, delegó la competencia para conocer y resolver el procedimiento disciplinario 18-001296-0031-IJ en la Jefatura del servidor denunciado.
3- Que su persona en su condición de Juez Contravencional y de Pensiones Alimentarias de Alajuela, asumió el conocimiento procedimiento disciplinario N°18-001296-0031-IJ mediante resolución de las catorce horas nueve minutos del treinta de enero de dos mil diecinueve y posterior a la recepción de prueba testimonial, en auto de las dieciséis horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil diecinueve,concedió a las partes, la audiencia de alegatos finales estipulada en el numeral 204 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En razón de ello, el servidor denunciado rindió conclusiones en escrito recibido en fecha 09 de mayo de 2019.
4- Que según consta en el expediente N°18-001296-0031-IJ,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR