Sentencia de Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Zona Atlántica Sede Limón Materia Civil, 01-11-2021

Número de sentencia347-2021
Fecha01 Noviembre 2021
Número de expediente20-004185-1209-CJ
EmisorTribunal de Apelación Civil y Trabajo Zona Atlántica Sede Limón Materia Civil (Costa Rica)
EV Generación de M.: D:\Gestion-Judicial\Servidor de Archivos\MODELOS\PENAL\CISEGIN007.dpj

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EXPEDIENTE N°: 2020-004185-1209-CJ

PROCESO: MONITORIO DINERARIO

ACTOR/A: FINANCIERA CREDILAT S.A.

DEMANDADO/A: V.M.H..Á..N.B.

SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA N° 347-2021

TRIBUNAL DE APELACIÓN CIVIL Y LABORAL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLÁNTICA. Puerto Limón a las trece horas cuarenta y un minutos del primero de noviembre de dos mil veintiuno.

Visto el recurso de apelación que interpone la parte actora contra la resolución N° 2927 de las once horas cincuenta y un minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno, en cuanto declaro inadmisible esta demanda.

CONSIDERANDO

I) Siendo este asunto de Menor Cuantía, el Tribunal de Apelación de conformidad con el artículo 95 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se integrara en forma unipersonal para resolver este recurso.

II) El recurso interpuesto debe ser rechazado. La prevención de demanda defectuosa que reclama la parte actora, no es procedente en este caso, ya que no hay defectos en el escrito de demanda, sino más estamos ante un supuesto de demanda improponible por la falta del presupuesto de legitimación, que presenta este asunto. Debió la parte actora antes de presentar la demanda verificar el endoso del documento, ya que esto es fundamental para que pueda proceder a su cobro. Se confirma la resolución apelada.

POR TANTO

En lo que es motivo de apelación, se rechaza el recurso interpuesto y se confirma el auto apelado.

LARAYAU


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L.E.A. UGALDE - JUEZ/A DECISOR/A

EXP: 20-004185-1209-CJ

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