Sentencia Nº 53-2021 de Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Zona Sur Sede Pérez Zeledón Materia Civil, 05-04-2021

Número de sentencia53-2021
Fecha05 Abril 2021
Número de expediente19-000239-0188-CI
EmisorTribunal de Apelación Civil y Trabajo Zona Sur Sede Pérez Zeledón Materia Civil (Costa Rica)
Tipo de procesoINCIDENTE DE INCLUSIÓN O EXCLUSIÓN DE BIENES
*190002390188CI*
EXPEDIENTE:
19-000239-0188-CI - 8
PROCESO:
INCIDENTE DE INCLUSIÓN O EXCLUSIÓN DE BIENES
ACTOR/A:
DEMANDADO/A:
VOTO Nº 101-2021

TRIBUNAL DE APELACIÓN CIVIL Y DE TRABAJO DE LA ZONA SUR (SEDE PÉREZ ZELEDÓN) (Materia Civil).- A las once horas tres minutos del cinco de abril de dos mil veintiuno.-

INCIDENTE DE EXCLUSIÓN DE BIENES DENTRO DEL PROCESO SUCESORIO DE [Nombre 001] y [Nombre 002], representado por la albacea [Nombre 003], figura la Licda. María V.N. apoderada especial judicial de la albacea, se tramita en el Juzgado Civil y Trabajo del I Circuito Judicial de la Zona Sur (S.P.Z., interpuesto por [Nombre 004] y [Nombre 005], ambos de apellidos [Nombre 006], representados por los profesionales en derecho, G.P.V., M.P.B. y José Viales Pérez. Se conoce recurso de apelación interpuesto por la parte Incidentada contra la resolución N° 53-2021 de las 13:18 horas del 11 de febrero de 2021. El Tribunal se integra con las personas J.K.G.M.C., Alexander Somarribas Tijerino y W.M.G., correspondiendo a la última la redacción de la resolución de Segunda Instancia.

CONSIDERANDOS:
I. Mediante escrito incorporado al expediente electrónico en fecha 30 de marzo de 2020, ante el Juzgado Civil y Trabajo de este Circuito Judicial, los incidentistas solicitan: "(...) 1-El causante [Nombre 001] es accionista de la compañía HOLCIM (Costa Rica) Sociedad Anónima, acciones refundida en el titulo 658H por un total de 11,126,385 y en custodia de dicha empresa 2-El título 658H refunde los ocho certificados de acciones inventariados en este sucesorio. 3-El 30 de julio de 2019, el causante designó a la incidentista [Nombre 007] como beneficiaria de cuatro décima de la totalidad de sus acciones desnaturalizadas de la citada compañía. 4- El 30 de julio de 2019 el causante designó al incidentista [Nombre 005] como beneficiario de cinco décima de la totalidad de sus acciones desnaturalizadas de la citada compañía. 5- Se excluya del inventario las acciones pertenecientes a los incidentista en la proporción correspondiente. 6-De haber depositado la compañía HOLCIM (Costa Rica) Sociedad Anónima alguna suma derivada de esas acciones, excluir del inventario y ordenar el giro respectivo 7- En caso de oposición de la albacea, se condene al sucesorio al pago de las costas (...)"....

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