Sentencia nº 20-001984-0031-DI de Tribunal de la Inspección Judicial, de 7 de Diciembre de 2020

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2020
EmisorTribunal de la Inspección Judicial

*200019840031DI*

EXPEDIENTE:
20-001984-0031-DI
CONTRA:
[Nombre 001]
OFENDIDO:
[Nombre 009]
SENTENCIA N° 3920-2020
TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., al ser las quince horas veinticuatro minutos del siete de diciembre de dos mil veinte.-
Proceso disciplinario número 20-001984-0031-DI seguido contra [Nombre 001], Auxiliar de Servicios Generales de la Dirección Ejecutiva, iniciado a instancia del [Nombre 009] .- Participó como Organo Instructor del Procedimiento la licenciada G.M.C. y en condición de Abogada Defensora del encausado la señora N.M.R..-
RESULTANDO
1) Mediante resolución del Tribunal de la Inspección Judicial, de las nueve horas y veintiséis minutos del trece de julio de dos mil veinte, se concedió audiencia al encausado para que se manifestara respecto de los siguientes cargos donde se le acusó: “… 1- En fecha 19 de junio del año 2020 al [Nombre 009], instalaciones ubicadas del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, [...] , les fue entregado veinte mascarillas quirúrgicas por parte de la Dirección Ejecutiva a fin de proporcionarlas al público que accediera a dichas instalaciones, dichas mascarillas quedaron en custodia de la oficial de seguridad Privada [Nombre 013], la cual procedió a guardarlas en la gaveta de su escritorio, siendo que para el 22 de junio del año en curso existían en dicha gaveta 18 de las mascarillas, ya que en días anteriores se habían repartidos dos a personal que las requería. En fecha 22 de junio del a ño presente, entre las dieciséis horas cincuenta minutos a las diecisiete horas, usted [Nombre 001] se encontraba laborando como auxiliar de servicios generales en el [Nombre 009], instalaciones ubicadas del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, [...]. Siendo que en dicho espacio de tiempo, su persona procedió a apropiarse de manera ilegitima de al menos una de las 18 mascarillas quirúrgicas citadas en el hecho 1 del presente traslado de cargos, las cuales se encontraban en la gaveta del escritorio de la oficial de seguridad privada [Nombre 013], por lo que usted procedió a sacar dicha mascarilla de dicha gaveta y a introducirla en un bolso tipo canguro de color gris con negro, que usted poseía en dicho momento, ello aprovechando que dicha oficial para ese momento estaba en otro aposento de las instalaciones de dicho [Nombre 009]. 2- En fecha 23 de junio del a ño presente, entre las dieciséis horas y cincuenta minutos y las diecisiete horas, usted [Nombre 001] se encontraba laborando como auxiliar de servicios generales en el [Nombre 009], instalaciones ubicadas del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, [...]. Siendo que en dicho espacio de tiempo, su persona procedió a apropiarse de manera ilegitima de al menos dos de las 18 mascarillas quirúrgicas citadas en el hecho 1 del presente traslado de cargos, las cuales se encontraban en la gaveta del escritorio de la oficial de seguridad privada [Nombre 013], por lo que usted procedió a sacar dichas mascarillas de dicha gaveta y una de ellas procedió a introducirla en un bolso tipo canguro de color gris con negro, que usted poseía en dicho momento, y la otra mascarilla procedió a colocársela de manera inmediata en su rostro, ello aprovechando que dicha oficial para ese momento estaba en otro aposento de las instalaciones de dicho [Nombre 009]. 3- En fecha 24 de junio del a ño presente, entre las dieciséis horas y cincuenta minutos y las diecisiete horas y treinta minutos, usted [Nombre 001] se encontraba laborando como auxiliar de servicios generales en el [Nombre 009], instalaciones ubicadas del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, [...] . Siendo que en dicho espacio de tiempo, su persona procedió a apropiarse de manera ilegitima de al menos dos de las 18 mascarillas quirúrgicas citadas en el hecho 1 del presente traslado de cargos, las cuales se encontraban en la gaveta del escritorio de la oficial de seguridad privada [Nombre 013], por lo que usted procedió a sacar dichas mascarillas de dicha gaveta y a introducirlas en un bolso tipo canguro de color gris con negro, que usted poseía en dicho momento, ello aprovechando que dicha oficial para ese momento estaba en otro aposento de las instalaciones de dicho [Nombre 009]. 4- En fecha 25 de junio del a ño presente, entre las dieciséis horas y cincuenta minutos y las diecisiete horas y treinta minutos, usted [Nombre 001] se encontraba laborando como auxiliar de servicios generales en el [Nombre 009], instalaciones ubicadas del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, [...]. Siendo que en dicho espacio de tiempo, su persona procedió a apropiarse de manera ilegitima de al menos una de las 18 mascarillas quirúrgicas citadas en el hecho 1 del presente traslado de cargos, las cuales se encontraban en la gaveta del escritorio de la oficial de seguridad privada [Nombre 013], por lo que usted procedió a sacar dicha mascarilla de dicha gaveta y a introducirla en un bolso tipo canguro de color gris con negro, que usted poseía en dicho momento, ello aprovechando que dicha oficial para ese momento estaba en otro aposento de las instalaciones de dicho [Nombre 009]. 5- El día 21 de abril del año presente, usted [Nombre 001], se encontraba laborando como auxiliar de servicios generales en el [Nombre 009], instalaciones ubicadas del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, [...], con horario oficial desde las siete y media de la mañana hasta las dieciséis horas treinta minutos. Siendo que aproximadamente entre las dieciséis horas cincuenta y tres minutos a las diecisiete horas treinta minutos, usted se encontraba en dicho lugar, siendo que procedió a abrir el portón del parqueo de dicho [Nombre 009] , para dar acceso e ingreso a las instalaciones a un sujeto masculino ( con gafas de sol, gorra negra, camiseta sin mangas y pantaloneta ambos de color negro y tenis blancas) de calidades ignoradas el cual ingresó conduciendo un vehículo marca Hyundai color gris, a las instalaciones del Centro, una vez dentro de dicho lugar, dicho masculino ingresó por el área del cuarto de pilas. Momento seguido, su persona [Nombre 001] en conjunto con el citado sujeto, procedieron de manera irregular a sacar objetos presuntamente propiedad de dicho [Nombre 009], entre ellos; cuatro cajas grandes de cartón selladas, donde presuntamente se almacenaba el papel toalla para dispensador de color café. Igualmente procedieron a sacar también una lámina de piso laminado que se tenía en dicho Centro como repuesto, y procedieron a ingresar dichos objetos en el citado vehículo. ( Hechos según archivos de video cámaras 04 y 24 y cocina, del martes 21 de abril de las 5:00 p.m. a las 5:20 p.m.)...”.-
2) El encausado [Nombre 001] , fue debidamente notificado en tiempo y forma del traslado de cargos incoado en su contra, y se refirió a los hechos acusados de conformidad con el memorial presentado ante este Tribunal en fecha treinta y uno de julio de dos mil veinte.-
3) La audiencia audiencia final se otorgó mediante resolución de las once horas diecinueve minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte venciendo el plazo de los tres día el 20 del mismo mes.-
4) En los procedimientos se han seguido las prescripciones y términos de ley, sin que se aprecien errores u omisiones que produzcan nulidades o indefensión.-
5) Se dicta la presente resolución dentro de los plazos legales.-
Redacta el Inspector General J.H.A., y ;
CONSIDERANDO
I.- HECHOS PROBADOS: En tal condición de importancia para la decisión de este asunto, se tienen los siguientes: 1.- El señor [Nombre 001], para el momento de los hechos acusados, ocupaba el puesto de auxiliar de servicios generales de la Dirección Ejecutiva y tiene en su haber un total de 3 anualidades (Ver constancia de anuales por empleado, extendida en fecha dieciséis de julio de dos mil veinte). 2.- El señor [Nombre 001] , no cuenta con antecedentes disciplinarios en su expediente personal (Ver oficio PJ-DGH-AP-2795-2020 R.. Sice 12311-2020 extendido en fecha dieciséis de julio de dos mil veinte). 3.- En fecha 19 de junio del año 2020 al [Nombre 009] , instalaciones ubicadas del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, [...] , les fue entregado veinte mascarillas quirúrgicas por parte de la Dirección Ejecutiva a fin de proporcionarlas al público que accediera a dichas instalaciones, dichas mascarillas quedaron en custodia de la oficial de seguridad Privada [Nombre 013], quien procedió a guardarlas en la gaveta de su escritorio, y al 22 de junio de 2020 existían en la gaveta un total de 18 mascarillas. (Ver legajo principal de queja) 4.- El 22 de junio de 2020, entre las dieciséis horas cincuenta minutos a las diecisiete horas, el señor [Nombre 001], se apropió de una mascarilla quir úrgica la cual se encontraba en la gaveta del escritorio de la oficial de seguridad privada [Nombre 013] y luego de ello la introdujo en un bolso tipo canguro de color gris con negro. (Ver legajo principal de queja y video de cámara de vigilancia número 4) 5.- El 23 de junio de 2020, entre las dieciséis horas y cincuenta minutos y las diecisiete horas, el señor [Nombre 001] se apropió de al menos dos mascarillas quirúrgicas que se encontraban en la gaveta del escritorio de la oficial de seguridad privada [Nombre 013], y luego procedió a introducir una de ellas en un bolso tipo canguro de color gris con negro, que portaba y la otra se la colocó en su rostro. (misma probanza anterior y contestación de queja) 6.- El día 24 de junio de 2020, entre las dieciséis horas y cincuenta minutos y las diecisiete horas y treinta minutos, el señor [Nombre 001], se apropió de al menos dos mascarillas quirúrgicas, que se encontraban en la gaveta del escritorio de la oficial de seguridad privada [Nombre 013], las cuales introdujo en un bolso tipo canguro de color gris con negro, que poseía. (Misma probanza...

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