Sentencia Nº II.-SOBRE LA NULIDAD DE LA de Tribunal de Familia, 01-11-2021

Número de sentenciaII.-SOBRE LA NULIDAD DE LA
Fecha01 Noviembre 2021
Número de expediente18-000308-0187-FA
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
*180003080187FA*
EXPEDIENTE: 18-000308-0187-FA - 8
PROCESO: ORDINARIO
PARTE ACTORA: [Nombre 001]
PARTE DEMANDADA: [...] S.A
VOTO NÚMERO: 906 -2021
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las catorce horas cincuenta y nueve minutos del uno de noviembre de dos mil veintiuno.-
Proceso ordinario establecido por [Nombre 001] , [...] contra [Nombre 003], [...], en su condición personal y como apoderado generalísimo sin límite de suma de [...] S.A, cédula jurídica [Valor 001], [...] S.A., cédula jurídica [Valor 002] y [...] S.A., cédula jurídica [Valor 003]. Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto por la [Nombre 006] S.A., representada por su apoderado especial judicial licenciado M.M.P. contra la resolución dictada por el Juzgado Segundo de Familia de S.J., al ser las nueve horas dieciséis minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno.-

Redacta el juez S.C.; y

CONSIDERANDO:

I.-AGRAVIOS: Apela la [Nombre 006] S.A., representada por su apoderado especial judicial, licenciado M.M.P., la resolución de las nueve horas dieciséis minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado Segundo de Familia de S.J., mediante la cual se rechazó la solicitud de cancelación de la medida cautelar de anotación de demanda.
Las inconformidades de la parte recurrente son las siguientes: 1) que la dación en pago hecha, mediante la cual adquirió la finca del partido de S.J., matrícula [Valor 004] es totalmente válida; 2) que la dación en pago no fue hecha sólo para cancelar una deuda de $50.000, sino por $200.000 y 3) que no se puede sustentar el rechazo de la cancelación de la medida cautelar por la simple voluntad de la actora, sino que debe analizarse la situación de fondo.
Por lo anterior, pretende se revoque la resolución recurrida y se cancele la anotación de la demanda que pesa sobre la finca citada.-
II.-SOBRE LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN: Al margen de los aspectos de fondo aquí involucrados, es imperativo el decreto de nulidad la resolución recurrida, por cuanto -preocupantemente- se basa en la simple voluntad de la parte actora para rechazar la pretensión de cancelación de una medida cautelar; cuando lo lógico y legal era que la juzgadora de primera instancia ponderara los aspectos jurídicos relevantes en el sub judice para sustentar su decisión.
Es...

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