Sentencia de Tribunal Agrario, 18-07-2025

Fecha18 Julio 2025
Número de expediente24-000290-0507-AG - 0
EmisorTribunal Agrario (Costa Rica)
EV Generación de M.: E:\GESTION-JUDICIAL\SERVIDOR DE ARCHIVOS\MODELOS\CIVIL\TGTRIB009.dpj

*240002900507AG*

EXPEDIENTE:

24-000290-0507-AG - 0

PROCESO:

Ordinario

ACTOR/A:

O.A.Z.G.

DEMANDADO/A:

G.S.S.

VOTO N° N° 2025000669

TRIBUNAL AGRARIO. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ.- A las diez horas veinticinco minutos del dieciocho de julio de dos mil veinticinco.-

PROCESO ORDINARIO interpuesto por O.A.Z.G.ÁLEZ, mayor, soltero, soldador, vecino de H., Puerto Viejo, Barrio El Progreso, cédula de identidad cuatro - ciento noventa y nueve - quinientos quince; contra JOSÉ PABLO ROMÁN GONZÁLEZ, mayor, soltero, vecino de S.A., Alajuela, cédula de identidad uno - mil cuarenta y tres - novecientos treinta y tres; G.S....S..Á..N., mayor, vecino de H., Puerto Viejo, Sarapiquí, cédula de identidad dos - quinientos cuarenta y nueve - ciento ochenta y tres, INDUSTRIAS MADERERAS GONZÁLEZ Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres - ciento uno - setecientos veintisiete mil trescientos cuarenta y tres, representada por J....C.G.ález G.ález, mayor, cédula de identidad dos - seiscientos noventa y uno - setecientos setenta y siete; T.I.R..Á..N.G.ÁLEZ, mayor, casada, cédula de identidad uno - seiscientos quince - cero treinta y seis, vecina de Puerto Viejo, Sarapiquí, H.. A.úa como apoderada especial judicial de la parte actora, la licenciada O.V.S., cédula de identidad uno - seiscientos treinta y cinco - cero ochenta y tres, colegiada ocho mil doscientos seis. Tramitado ante el Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Limón, Guápiles.

Redacta la jueza C.G.ía; y,

CONSIDERANDO:

I. DE LAS PRETENSIONES: La parte actora interpone el presente proceso para que en sentencia se declare lo siguiente: "1- Solicito se dé trámite a la presente demanda y dicte resolución en los extremos solicitados, se me reconozca judicialmente la posesión de SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS que estoy ejerciendo en la parcela descrita, desde el sábado cuatro de febrero del año 2023. 2- Solicito se ordene a los demandados a no molestar ni inquietar mi posesión del terreno. 3- Solicito se condene a los demandados a pagar ambas costas de la presente demanda, así como todos los intereses hasta su efectivo pago. 4- Así mismo solicito se mande a anotar esta demanda a la finca folio real matricula numero 195544-001-002-003 numero 53851-001-002 ambas de la Provincia de H.. Ya que sobre estas fincas recae la presente acción. (Ver expediente descargado en formato PDF, imágenes 1 a 6). II. El Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Limón, Guápiles, en resolución de las once horas con veintisiete minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil veinticuatro, declaro de oficio demanda improponible por lo que confirió audiencia a la parte actora por el plazo de tres días. (Ver expediente descargado en formato PDF, imágenes 19; contestación de la audiencia a imágenes 21 a 22).

III. RESOLUCIÓN APELADA: ''>El juez R.R.''>guez C., en sentencia 2025000014,> de las ''>quince horas con cincuenta y ocho minutos del nueve de enero del a''>o dos mil veinticinco, resolvi''>: «POR TANTO: De oficio SE DECLARA IMPROPONIBLE la demanda interpuesta por O.A.Z.G.ález, contra T.I.R.án G.ález, J.é P.R.án G.ález, I.M....G.ález y Asociados Sociedad Anónima y G.S.S.ánchez. Una vez firme esta sentencia, se ordena el archivo definitivo del presente expediente. Se resuelve sin especial condenatoria en costas al no haberse trabado la litis. N.íquese».> (ver descarga de expediente electrónico en formato PDF, Imágenes 25 a 30).

IV. La parte actora por medio de su apoderada especial judicial licenciada O.M.ía V.S., interpone recurso de apelación contra la citada sentencia. Copia un extracto de tal decisión, específicamente del considerando quinto. Explica el actor presentó junto al ordinario de mejor derecho de posesión un proceso ordinario de reinvindicación de la posesión (sic) porque a su entender así se indica en la petitoria segunda de la demanda. Considera esto se plantea a los dueños registrales y la sentencia no menciona en absoluto esta situación, dado sólo menciona el mejor derecho de posesión. Explica debe continuar el proceso ordinario de reinvindicación de la posesión (sic) y pide así se declare. Aduce falta de fundamentación. Para esto extracta una decisión de la Sala Constitucional he indica las decisiones requieren que expongan el respaldo normativo y fáctico para arribar a la conclusión. Vuelve a explicar las pretensiones que a su entender se encuentran en la demanda. Manifiesta la resolución carece de fundamentación. Invoca la sentencia de la Sala Constitucional número 5396- 95. Estima en la decisión apelada se carece de fundamentación porque sólo se refiere al proceso ordinario de reivindicación. Pide se revoque la resolución apelada y se dicte otra al mérito de los autos, ordenando que el proceso debe continuar como proceso ordinario de reivindicación contra los demandados (imágenes 32 a 38 del expediente electrónico).

V. Se comparte el conjunto de hechos probados por tener buen sustento en los autos.

VI. Relativo a la falta de fundamentación de la decisión alegada, se rechaza de conformidad con el numeral 26 de la Ley de jurisdicción agraria y del 592 del Código de trabajo de aplicación supletoria a la materia, pues de la lectura de la pieza apelada, se denota contiene los elementos suficientes para que la parte conozca las razones de hecho y derecho por las cuales declaró la improponibilidad de la demanda. Nótese se exponen dos hechos probados y en el considerando V se exponen las razones por las cuales se arriba a la decisión recurrida, con lo cual quien recurre puede ejercer el derecho de defensa por medio de los recursos correspondientes.

VII.''> De acuerdo con la revisi''>n de la demanda se peticiona lo siguiente> ''>:"1- Solicito se dé trámite a la presente demanda y dicte resolución en los extremos solicitados, se me reconozca judicialmente la posesión de SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS que estoy ejerciendo en la parcela descrita, desde el sábado cuatro de febrero del año 2023. 2- Solicito se ordene a los demandados a no molestar ni inquietar mi posesión del terreno. 3- Solicito se condene a los demandados a pagar ambas costas de la presente demanda, así como todos los intereses hasta su efectivo pago. 4- Así mismo solicito se mande a anotar esta demanda a la finca folio real matrícula numero 195544-001-002-003 numero 53851-001-002 ambas de la Provincia de H.. Ya que sobre estas fincas recae la presente acción"> (imágenes 1 a 6 ''>del expediente electr''>nico). En el relato de los hechos menciona el actor ha pose''>do de buena fe, de manera p''>blica, quieta, pac''>fica e ininterrumpida a t''>tulo de due''>o desde el 04 de febrero de 2023 una parcela que es parte de la finca inscrita n''>mero 195543-00>1, 002 y 003 ''>de la provincia de H.>by de la finca matrícula 53581 derecho 001 y 002. Señ''>ala en el evento cuarto que se le pidi''> salir de la heredad, y el proceso tiene >la finalidad que se me reconozca que tengo la POSESIÓN DEL LUGAR por tener más de un año de poseerla (lo destacado es del original en imagen 3). ''>En este punto es necesario retomar el criterio de esta C''>mara sobre la >imposibilidad de entablar demanda de acción publiciana contra propietario registral: "IV.- Es importante hacerle ver al recurrente, no lleva razón en lo expresado en sus agravios por lo siguiente: La acción de mejor derecho posesorio se plantea entre poseedores para demostrar un mejor derecho de posesión, lo cual no resulta atinente al caso de marras al estarse discutiendo una finca inscrita y ser dirigida la demanda contra un titular registral del inmueble. Tampoco se está ante una situación que permita plantear un proceso de usucapión al no haber transcurrido el plazo necesario para usucapir entre otros requisitos. Lo expresado en cuanto a la no aplicación de los institutos del derecho agrario en la sentencia de marras, tampoco tiene razón, pues el meollo del asunto es la declaratoria de un mejor derecho de posesión del actor frente a los propietarios registrales. Es claro, la parte actora se equivoca al escoger plantear una acción de mejor derecho de posesión frente a un propietario registral, pues éste fundamenta su derecho en un título registral, al ser los demandados dueños de la finca inscrita en el Registro Público, matrícula número & de la provincia de H. (ver certificación registral adjunta en el escrito de contestación de demanda), es decir no se trata de poseedores ilegítimos frente a los que se pueda alegar un mejor derecho de posesión como lo pretende el recurrente. De ahí exista una falta de legitimación pasiva, lo cual hace sea improcedente la demanda planteada ''>(Tribunal Agrario sentencia 26-F-03 de las 14 horas 38 minutos del 30 de enero del 2003). Como se denota de la petitoria y del elenco de hechos de la demanda, se invoca una acci''>n publiciana contra personas propietarias registrales (confesi''>n espont''>nea de conformidad con el numeral 42.2 del C''>digo procesal civil de aplicaci''>n supletoria a la materia). Espec''>ficamente contra las fincas del partido de H. nmeros 19554''>4 derechos 001 a 003 >y la número 5''>3851 derechos >001-002. Según certificación de imagen 9 el derecho 001''> de la finca 195544 >está inscrito a nombre de ''>Industrias Madereras G.alez y Asociados S.A>; mientras el 002 a nombre de G.S.S.á''>nchez en imagen 13 y 14, el derecho 003 a nombre de J. P.R.án G.á''>lez imagen 15 y 16. En la finca 53851 de H. el derecho 01 le pertenece a T.I.R.n G.á''>lez (imagen 17 a 18), el derecho 02 a nombre de J. P.R.á''>n G. (imagen 18 y 19)>. Al tenor de los artículos 264.1, 277, 284, 317 y 322 todos del Código Civil no es dable incoar acción de mejor derecho contra propietario registral como en este asunto. Sumado a lo...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR