Sentencia de Tribunal Agrario, 18-12-2020
Número de expediente | 20-000061-0419-AG |
Fecha | 18 Diciembre 2020 |
Emisor | Tribunal Agrario (Costa Rica) |
Tipo de proceso | ORDINARIO |
*200000610419AG*
EXPEDIENTE:
|
20-000061-0419-AG - 0
|
PROCESO:
|
ORDINARIO
|
ACTOR/A:
|
[Nombre 008]
|
DEMANDADO/A:
|
SUCESIÓN DE
[Nombre 001]
|
VOTO N°
1265-F-2020
TRIBUNAL AGRARIO. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN
JOSÉ.- A las once horas veintiocho minutos del dieciocho de diciembre
de dos mil veinte.-
PROCESO ORDINARIO
interpuesto por [Nombre 008]
, [...]
; [Nombre
003], [...]; y [Nombre 004], [...]; contra SUCESIÓN DE
[Nombre 001], [...]
representado por su albacea [Nombre 005], [...]. Actúa como apoderado
especial judicial de la parte actora el letrado Geovanny Montero
Chacón, carné seis mil quinientos seis; y como abogada directora de la parte
demandada la licenciada N.Z.C., colegiada quince mil
quinientos diecinueve. Tramitado ante el Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Zona Sur. Conoce este Tribunal del recurso de apelación
contra la resolución de las veintidós horas y dieciséis minutos del
diecisiete de julio del año dos mil veinte.-
Redacta la J.A.P., y;
CONSIDERANDO:
I.- La parte actora apela la resolución de las veintidós horas dieciséis
minutos del diecisiete de julio del dos mil veinte, al considerar que antes de las
reformas que sufrieron el Código de Trabajo y el Código Procesal Civil, sólo se
permitÃÂa la prueba confesional o declaración de parte pero limitada a la parte
contraria de quien la ofrecÃÂa, es decir; la misma parte no podÃÂa ofrecerse a si
mismo como declarante, pero con las nuevas reformas procesales del Código
Procesal Civil se eliminó lo referente a la confesión y ahora solo se permite la
declaración de parte, mientras que en el Código de trabajo la confesión y la
declaración de parte forman parte del elenco probatorios, y lo que cambia es
que la parte puede ahora ofrecerse a si misma como declarante que es
precisamente lo que para el señor juez resulta improcedente. (Ver recurso de
apelación en archivo del 23/07/2020 03:34:31).-
II.- Mediante la resolución que se impugna, el a-quo rechazó la prueba
de la parte actora consistente en "Declaración de Parte" solicitada a [Nombre
008] y [Nombre 003] (actores de este proceso), al considerarlo improcedente
por ser partes en el presente proceso. Este rechazo
de prueba que hace el a-quo en la resolución citada, es violatorio del derecho
de defensa al limitar la posibilidad de defensa de la parte actora, y no respetar
su estrategia de litigio. Con el nuevo Código Procesal Civil, en el artÃÂculo 42 del
Código Procesal Civil, establece la posibilidad de que las partes tienen el
deber de declarar sobre hechos propios o ajenos y podrán formularse
preguntas recÃÂprocamente. Esta norma permite a la parte actora o demandada
ofrecer su propia declaración como prueba, a diferencia del Código Procesal
anterior que regulaba la declaración de parte se pedÃÂa a la parte contraria....
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba