Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 30-05-2024

Fecha30 Mayo 2024
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José

Resolución: 2024-0897

Expediente:21-000414-0053-PE(17)

TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las nueve horas treintaminutos, del treinta de mayo del dos mil veinticuatro.-

Vista la Solicitud de Prórrogapresentada por el licenciadoJ.R.S.M., en esta causa seguida contra [Nombre 001] Y [Nombre 002] por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de [Nombre 003], este Tribunal resuelve.

Redacta el juez de apelación de sentencia penal B.R.; y,

CONSIDERANDO:

I.- La representación delMinisterio Público, mediante escrito, solicita se disponga la prórroga de formaextraordinaria de las medida cautelar vigente en el sumario, sea la prisión preventiva y el arresto domiciliario con monitoreo electrónico,que se ha dispuesto en el sumario en contra de losacusados, por ser necesario para la continuacióndel debate previstopara el 03 de junio su reanudación, por lo que solicita se prorroguen las medidas cautelarespor el plazo de 01 mes.

II.- Audiencia a las partes. Este tribunal de Apelación de Sentencia Penal otorgó audiencia a las partes,para que manifestaran su criterio respecto de la petición fiscal. No ha existido oposición a la petición realizada.

lll.-Cómputo del plazo de la medida cautelar.Para resolver la presentesolicitud, resulta indispensable revisar los cómputos delasmedidas cautelares que sehan aplicado en este caso, sea tanto la prisión preventiva como el arresto domiciliariocon monitoreo electrónico, siendo necesario establecer su vigencia en el sumario, paradeterminar, primero, la competencia de esta Cámara y, segundo,procedencia de laprórroga de las medidas cautelaressolicitadas. Conforme se desprende del contenido dela solicitud presentada por la representante del Ministerio Público,la medida cautelar encontra de los imputados han seguido la siguiente secuenciacronológica:"1.-En fecha deO8 de febrero de 2023, el Juzgado Penal del Primer CircuitoJudicial de San José, medianteresolución fundada dictó la medida de prisiónpreventiva en contra de los imputados [Nombre 002],[Nombre 001] Y [Nombre 004] por elplazo de tres meses, desde el día O8 de febrero a vencer el O8 de mayo ambo s del2023, resolución que fue apelada por la defensa de los imputados yconfirmada por el TribunalPenal del Primer Circuito Judicial, mediante voto328-2023 de las 10:16 horas del 27 de febrerode 2023.2.- El O2 de mayo de 2023-, en resolución de las 15:42 horas, el Juzgado Penal delPrimer Circuito Judicial de San José, prorrogó la medida de prisiónpreventiva contra [Nombre 001] Y [Nombre 004] por el plazo de tres meses, avencer el O8 de agosto de2023, en igual sentido se realizó la modificación de la medida cautelardearresto domiciliario con monitoreo electrónico, en contra del encartado[Nombre 002], misma que fue prorrogada por el plazo de tres meses a vencer el 08 deagosto del 2023, resolución que fueapelada por la defensa técnica del encartado [Nombre 004], la cual adquiriófirmeza en fecha 19 de mayo del año 2023, a través del voto 803-2023,emitido por el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José.3.-El 08 de agosto de2023-, en resolución de las once horas y cuarenta y tres minutos, el Juzgado Penal del PrimerCircuito Judicial de San José, prorrogólas medidas cautelares que pesaban en contra de losencartados [Nombre 002], [Nombre 001] Y[Nombre 004], medidas cautelares de prisión preventiva y arrestodomiciliario con monitoreo electrónico, por el plazo de tres meses, a vencer el08 de noviembre de2023. resolución que no fue impugnada por las partes.4.- El O7 de octubre de 2023, enresolución de las quince horas y cincuentaminutos, el Juzgado Penal del Primer Circuito Judicialde San José, prorrogólas medidas cautelares que pesaban en contra de los encartados [Nombre 002], [Nombre 001] Y [Nombre 004], medidas cautelares de prisión preventiva y arrestodomiciliario con monitoreo electrónico,por el plazo de tres meses, a vencer elO8 de febrero de 2024. resolución que fue impugnada porlas partespropiamente la prórroga de la prisión preventiva en contra del encartado[Nombre 001], así como la declaratoria con lugar de una actividad procesaldefectuosa y la desacumulación de las sumarias, emitida por el Juez de laetapa intermedia. 5.- En ese sentido, lavista de apelación se señaló para las trece horas del día once de enero del año dos milveinticuatro, propiamente el día de la celebración de la audiencia, el Tribunal de Juicio del PrimerCircuito Judicial de San José, dejó sin efecto el señalamiento de la vista, debido a que hubo unyerro en la tramitología de la vista, siendo que, no se había notificado a la totalidad de las partesdel señalamiento a vista, audiencia en la cual se le hizo ver la autoridad jurisdiccional de maneraextra judicial, que el plazo de la prisión preventiva sencontraba pronto a vencer, dado que, desdeel pasado mes de noviembre el Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, habíaremitido los autos al Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José, se el despacho habíaseñalado la vista hasta el día ocho de enero del año que recurre, consumiéndose los últimos tresmeses del plazo ordinario, esperando una fecha para celebración de vista, ante la informaciónbrindada, el Tribunal Penal, reprogramó la vista de apelación para las trece horas con treintaminutos del día veinticinco de enero del año dos mil veinticuatro"5.el Tribunal de Apelación deSentencia del Segundo Circuito Judicial de San José, mediante la resolución de las nueve horascon quince minutos del día treinta de enero del año dos mil veinticuatro, procedió en aplicacióndel numeral 258 del código de rito, a prorrogar el plazo extraordinario de las medidas cautelaresde prisión preventiva en contra del encartado [Nombre 001] Y arrestodomiciliario con monitoreo electrónico, en el caso del encartado [Nombre 002], por espacio de tres meses a vencer el día 08 de mayo del año 2024.6.-El Tribunal deApelación de Sentencia del Segundo Circuito Judicial de San José, mediante la resolución de las10:52 horas del 10 de abril del año 2024, procedió en aplicación del numeral 258 del códigoprocesal penal, a prorrogar el plazo extraordinario de las medidas cautelares de prisión preventivay arresto domiciliario con monitoreo electrónico en contra de los encartados [Nombre 001] y [Nombre 002]. por el plazo de un mes a vencer eldía 08 de junio del 2024, en aras de que se celebrara el debate oral y público."De acuerdo conesta cronología, es claro que el plazo ordinario de las medidas cautelares aplicables eneste caso ya ha vencido, incluso este mismo tribunal ya se ha pronunciado y extendidoesas medidas, con el fin de que avance el sumario, por lo que se cuenta con lacompetencia necesaria para conocer de la misma, en aplicación del numeral 258 del Código Procesal Penal.

lV.- Procedencia de la prórroga prisión preventiva decretada en contra del imputado. Esta Cámara, luego de realizar una revisión del sumario y, en especial las circunstancias que rodean la medida cautelar vigentedispuesta en contra de los justiciablespuede aseverarse que, no puede perdersela perspectiva que se trata de dos casos,que en una ya se dispusola apertura a juicio y la otra está en avances a las siguiente fase,pero ambas causas han avanzado de manera significativa,por lo que si se requieremantener a los acusados sujetosa lo que falta del proceso,al menos paragarantizar su conclusión.Debetenerse presente, queeste tribunal ha consideradopara efectos de resolver esta solicitud, la totalidad de los hechos incluidos en la petición fiscal,que se describen de la siguientemanera:"Causa21-000414-0053-PE: I. Sin precisar fecha exacta, pero si días antes del 13 de abril del 2021, el ofendido [Nombre 006], cc. [Nombre 007], se dedicó a la venta de droga, en los alrededores del Nigth Club Chicas del Caribe*, ubicado en cl centro de San José, calle 2, entre avenidas O8 y 10, siendo que el mismo ofendido realizó comentarios a varios de sus familiares que debido a esta situación (venta de droga a la que se dedicaba), enualquier momento le darían muerte ya que los administradores yempleados del Nigth Club Chicas del Caribe, son los que manejan la plaza de venta de droga en el lugar y le habían prohibido realizar ventas de droga en el sitio al agraviado. 2.- Sin poder determinar quién, pero si antes del 13 de abril del 2021, alguien planeo dar muerte al ofendido [Nombre 006], para lo cual contacto a dos sujetos entreellos a [Nombre 002], ( se dedica a manejar laxa, en San José, inmediaciones deChicas Bar) y a [Nombre 001], quienes, mediante un plan previamente establecido ycon reparto de funciones, pusieron en marcha el plan para darle muerte al agraviado. Dicho planconsistía en que [Nombre 002] manejaría el taxi, ubicaría al olendido yconversaría con él para que este se contara, con clara intenció A., mientras tanto el otroimputado [Nombre 001], el cual estaría oculto en el asiento del acompañante delvehículo, desde ese mismo lugar dispararía al ofendido con el en único de darle muerte, tal comolo había inclieaclo c.1 ofendido a terceras personas. 3. El 13 de abril del 2021, aproximadamentea las 01: 15 horas, los imputados[Nombre 002] y [Nombre 001], talC(m(previamente fue ideado, conociendo que el agraviado se encontraba por lasinmediacionesdel Parque La Dolorosa, se desplazaron al lugar, siendo que elinvestigado [Nombre 002]conducía el vehículo marca Mitsubishi tipo taxi,placas [Valor 001], color rojo, con negro mientras elotro imputado [Nombre 001], viajaba cn el asiento del acompañante de f<1m;1 nvulmportando un arma de fuego tipo pistola calibre 9x19mm.4. Una vez que el imputado [Nombre 002] observó al agraviado [Nombre 006], sentado en la acera del lugar detuvo eltaxi, descendió del mismo y conversó con el...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR