Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste, 12-12-2019
Número de expediente | 17-001082-0412-PE |
Fecha | 12 Diciembre 2019 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste (Costa Rica) |
*170010820412PE*
VOTO 643 -19
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL DE GUANACASTE,
SEDE SANTA CRUZ. A las catorce horas cuarenta y cinco minutos de doce de
diciembre de dos mil diecinueve.
Recurso de apelación
interpuesto en la presente causa número
17-001082-0412-PE, seguida contra [Nombre 001], [...], por el delito de APROPIACIÓN
Y RETENCIÓN INDEBIDA, en perjuicio de [Nombre 005].
Intervienen en la decisión del
recurso la jueza C.D.S. y los jueces Guillermo Arce
Arias y J.M.C.M.. Se apersonaron en esta sede, la licenciada Silvia
Cruz Herrera en su condición de representante del Ministerio Público y la licenciada
A.M.G.A. como defensora particular del imputado.
RESULTANDO
1.- Mediante sentencia
número 170-2019 de las ocho horas con veinte minutos del
catorce de agosto del dos mil diecinueve, el Tribunal de Juicio del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, sede Nicoya, resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con lo
expuesto, artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, artÃÂculos 1, 24, 30, 45 y 223 del
Código Penal, artÃÂculos 1, 4, 6, 9, 141, 142, 144, 184, 360 a 366 del Código Procesal
Penal, en aplicación del principio de In Dubio Pro Reo, se absuelve a [Nombre 001] de
toda pena y responsabilidad por un delito de Apropiación y Retención Indebida que se
le venÃÂa atribuyendo en perjuicio de [Nombre 005]. Son los gastos del proceso penal a
cargo del Estado. No hay especial condenatoria en costas. Se levanta cualquier medida
cautelar que se hubiese dictado
en contra del imputado en caso de que la hubiere.- Maurice F Ghesquiere Briceño
Juez de Juicio."(sic).
2.-
Contra el anterior pronunciamiento, la licenciada S.C.H. en su
condición de representante del Ministerio Público, interpuso recurso de apelación.
3.- Se celebró audiencia oral a las catorce horas siete minutos de veintiuno de
octubre de dos mil diecinueve. Integraron el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de
Guanacaste, la jueza C.D.S., quien presidió y los jueces Gerardo
Rubén Alfaro Vargas y J.M.C.M.. Participaron el encartdo [Nombre
001], su defensora particular la licenciada A.G.A. y los fiscales licenciado Luis
Diego Quesada Canales y licenciada S.V.Ã
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