Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste, 28-11-2019

Número de expediente18-000032-1580-VD
Fecha28 Noviembre 2019
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste (Costa Rica)

*180000321580VD*

VOTO 616 - 2019
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL DE GUANACASTE, SEDE SANTA CRUZ. A las ocho horas de veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve.
Vista la solicitud planteada dentro de la causa 18-000032-1580-VD por el licenciado C.A.A.C., fiscal del Ministerio Público, para que se prorrogue la medida cautelar de prisión preventiva del imputado [Nombre 001], se resuelve:

CONSIDERANDO

I.- El representante del Ministerio Público, solicita, mediante escrito visible de folios 64 a 66, la ampliación de la prisión preventiva del imputado [Nombre 001] por tres meses, a partir de 08 de diciembre de 2019 hasta el 08 de marzo de 2020. Indica que en la presente causa, los presupuestos por los cuales se ordenó la imposición de la misma no han variado, además de que no se han aportado elementos que demeriten la necesidad de la misma. Refiere que el justiciable en este asunto fue condenado a una pena de nueve años de prisión, lo cual incrementa el peligro de fuga que ha sido latente. Indica que el procedimiento se encuentra en la fase de impugnación, ante esta Cámara de Apelación. Se otorgó audiencia a las partes de la solicitud por resolución de las 13:07 horas de 25 de noviembre de 2019 (folio 67). La defensa contestó la audiencia, no se opuso a la gestión pero solicitó que se resolviera el recurso con prontitud, pues el recurso fue presentado desde el 20 de marzo de 2019 (folio 69).
II.- Ahora bien, ya esta Cámara se había arrogado la competencia en esta causa y conocido sobre esta medida cautelar en el voto 444-2019 de 10:10 horas de 30 de agosto de 2019 (folio 62), señalando:
"II.- La revisión de la causa, permite establecer que el encausado fue detenido desde el 08 de marzo de 2018 (folio 1 del legajo de medidas cautelares) y se decretó su prisión preventiva por resolución de 13:35 horas de 09 de marzo de 2018 (folio 3 del legajo de medida cautelar). A partir de esa fecha por diversas resoluciones de autoridades jurisdiccionales, se mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva, la cual rige hasta el 09 de setiembre de 2019 (folio 49 y 50 del legajo de medida cautelar). Debe indicarse que en el lapso descrito, se tiene que el tribunal de sentencia, dictó sentencia condenatoria contra el justiciable y fijó la prórroga de la prisión preventiva por seis meses, de 26 de febrero de 2019 a 26 de agosto de 2019, plazo que...

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