Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste, 29-11-2019
Fecha | 29 Noviembre 2019 |
Número de expediente | 14-200775-0413-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste (Costa Rica) |
*142007750413PE*
EXPEDIENTE:
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14-200775-0413-PE
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CONTRA:
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[Nombre 001]
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OFENDIDO/A:
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[Nombre 002]
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DELITO:
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VIOLACIÓN Y OTROS
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VOTO 627-19
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, a las catorce horas con quince minutos del
veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve.
Recurso de apelación
interpuesto en la presente causa número
14-200775-413-PE, seguida contra [Nombre 001], [...], por un delito de VIOLACION
de delitos de RELACIONES SEXUALES CONSENTIDAS CON PERSONAS
MENOR DE EDAD y un delito de SEDUCCIÓN O ENCUENTRO CON MENORES
POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, EN CONCURSO MATERIAL en perjuicio de
[Nombre 002]. Intervienen en la decisión del recurso la jueza Cynthia Dumani
Stradtmann y los jueces G.A.A. y Wilson Flores
Fallas. Se apersonó en esta sede, el licenciado C.G.L., defensor
público del imputado .
RESULTANDO
1.- Mediante sentencia n.° 145-2019 de diecisiete horas con cincuenta
minutos del diecinueve de junio del dos mil diecinueve, el Tribunal de Penal del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, sede Cañas, resolvió: "POR TANTO
De
acuerdo con lo expuesto, numerales 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, 5.6 y 8 de la
Convención Americana de Derechos Humanos; artÃÂculos 1, 30, 45, 50, 56 bis, 57, 71
a 74 156, 159 y 167 bis del Código Penal; 1 al 15, 142, 181 al 184, 265, 239, 258
360 a 367 del Código Procesal Penal, éste Tribunal, por unanimidad de sus votos
resuelve: 1.- Se absuelve de toda pena y responsabilidad por CERTEZA, a
[Nombre 001], por el delito deSEDUCCIÓN O ENCUENTRO CON MENORES
POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, en perjuicio de
[Nombre 002]. 2.- Se absuelve de toda pena y responsabilidad en aplicación del
principio in Dubio Pro Reo, a [Nombre 001] por dos delitos de RELACIONES
SEXUALES CONSENTIDAS CON PERSONAS MENORES DE EDAD, en
perjuicio de [Nombre 002]. 3.- Se condena a [Nombre 001], por el delito de
VIOLACIÓN, en perjuicio de [Nombre 002]
, en tal carácterse impone la pena de
DOCE AÑOS DE
PRISIÓN, pena que deberá de descontar en el lugar y forma que establezcan los
Reglamentos Penitenciarios. No se concede Beneficio de Ejecución Condicional de
la Pena, Arresto domiciliario con Monitoreo Electrónico y Prestación de Servicio de
Utilidad Pública, en virtud de que no se cumplen con los requisitos de ley. Se impone...
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