Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste, 29-11-2019

Fecha29 Noviembre 2019
Número de expediente14-200775-0413-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste (Costa Rica)

*142007750413PE*

EXPEDIENTE:
14-200775-0413-PE
CONTRA:
[Nombre 001]
OFENDIDO/A:
[Nombre 002]
DELITO:
VIOLACIÓN Y OTROS

VOTO 627-19
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, a las catorce horas con quince minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve.
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa número 14-200775-413-PE, seguida contra [Nombre 001], [...], por un delito de VIOLACION de delitos de RELACIONES SEXUALES CONSENTIDAS CON PERSONAS MENOR DE EDAD y un delito de SEDUCCIÓN O ENCUENTRO CON MENORES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, EN CONCURSO MATERIAL en perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión del recurso la jueza Cynthia Dumani Stradtmann y los jueces G.A.A. y Wilson Flores Fallas. Se apersonó en esta sede, el licenciado C.G.L., defensor público del imputado .
RESULTANDO
1.- Mediante sentencia n.° 145-2019 de diecisiete horas con cincuenta minutos del diecinueve de junio del dos mil diecinueve, el Tribunal de Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, sede Cañas, resolvió: "POR TANTO De acuerdo con lo expuesto, numerales 39 y 41 de la Constitución Política, 5.6 y 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos; artículos 1, 30, 45, 50, 56 bis, 57, 71 a 74 156, 159 y 167 bis del Código Penal; 1 al 15, 142, 181 al 184, 265, 239, 258 360 a 367 del Código Procesal Penal, éste Tribunal, por unanimidad de sus votos resuelve: 1.- Se absuelve de toda pena y responsabilidad por CERTEZA, a [Nombre 001], por el delito deSEDUCCIÓN O ENCUENTRO CON MENORES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, en perjuicio de [Nombre 002]. 2.- Se absuelve de toda pena y responsabilidad en aplicación del principio in Dubio Pro Reo, a [Nombre 001] por dos delitos de RELACIONES SEXUALES CONSENTIDAS CON PERSONAS MENORES DE EDAD, en perjuicio de [Nombre 002]. 3.- Se condena a [Nombre 001], por el delito de VIOLACIÓN, en perjuicio de [Nombre 002] , en tal carácterse impone la pena de DOCE AÑOS DE PRISIÓN, pena que deberá de descontar en el lugar y forma que establezcan los Reglamentos Penitenciarios. No se concede Beneficio de Ejecución Condicional de la Pena, Arresto domiciliario con Monitoreo Electrónico y Prestación de Servicio de Utilidad Pública, en virtud de que no se cumplen con los requisitos de ley. Se impone...

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