Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste, 17-12-2020
Número de expediente | 18-001123-0800-PE |
Fecha | 17 Diciembre 2020 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste (Costa Rica) |
*180011230800PE*
EXPEDIENTE:
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18-001123-0800-PE
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CONTRA:
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[Nombre 001]
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OFENDIDO/A:
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[Nombre 002]
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DELITO:
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Tentativa de Femicidio
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VOTO 537-2020
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.
Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, a las once horas veinticinco
minutos del diecisiete de diciembre de dos mil veinte.
Recurso de apelación
interpuesto en la presente causa número
18-001123-0800-PE, seguida contra [Nombre 001], [...], por el delito de
TENTATIVA DE HOMICIDIO Y OTROS, en perjuicio de [Nombre 002]
Intervienen en la decisión del recurso las juezas Cyntorge
ia D.S
y M.M.R., y el juez W.F.F.. Se apersonaron en esta
sede, el imputado [Nombre 001], la licenciada K.A.P.,
defensora pública del encartado, la licenciada Marisol AlpÃÂzar
Chaves y el licenciado L.D.Q.C., ambos en representación
del Ministerio Público.
RESULTANDO
1.- Mediante sentencia n.°02-2020 de las dieciséis horas treinta
minutos del siete de enero del año dos mil veinte, el Tribunal Penal del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz, resolvió: "POR
TANTO: De conformidad con los artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución
PolÃÂtica,1, 2, 9, 142, 184, 265, 360, 361, 363 a 365 y 367 del Código Procesal
Penal, artÃÂculos 1 al 15, 24, 30, 45 y 111 del Código Penal, artÃÂculos 21, 22 y
27 de la Ley de Penalización de la Violencia contra las mujeres, se declara a
[Nombre 001] autor responsable de un delito de Maltrato, un delito de
Homicidio Simple, asàrecalificado por el Tribunal, que concursa
materialmente con un delito de Incumplimiento de una Medida de Protección
y de Femicidio en estado de tentativa que concursan estos dos últimos
idealmente entre si y en ese tanto se le impone la pena seis meses de prisión
por un delito de Maltrato, la pena de quince años de prisión por un delito de
Homicidio Simple y la pena de veinte años de prisión por un delito de
Femicidio en estado de Tentativa que concursa idealmente con un delito de
incumplimiento de una medida de protección, para un total de treinta y cinco
años y seis meses de prisión. Dichas penas las deberá descontar el
sentenciado [Nombre 001] de conformidad con los respectivos reglamentos
penitenciarios. Se ordena prorrogar la prisión
preventiva del sentenciado [Nombre 001] por el plazo de 6 meses y hasta el
dÃÂa 7 de junio de 2020 inclusive. Una vez firme la sentencia remÃÂtanse los
comunicados correspondientes al Archivo Judicial, Instituto Nacional de
CriminologÃÂa y al Juzgado de Ejecución de la pena, para lo que en derecho
corresponde. No hay especial condenatoria en costas. Se absuelve al
encartado [Nombre 001] de un delito de Tentativa de Homicidio Calificado
acusado en perjuicio de [Nombre 014]. Son los gastos de este proceso a
cargo del Estado. Una vez firme la
sentencia se ordena la destrucción de la evidencia. Se convoca a las partes
para la lectura integral de la sentencia que se señala para las 16:00 del 14 de
enero de 2020. Es todo. Maurice F Ghesquiere Briceño Gonzalo Coronado
Villareal Rolando Valverde Calvo Jueces de Juicio"(sic).
2.-
Contra el anterior pronunciamiento, el imputado [Nombre 001]
, la...
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