Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 19-03-2021
Número de expediente | 18-000409-1263-PE |
Fecha | 19 Marzo 2021 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José |
Resolución: 2021-0450
Expediente: 18-000409-1263-PE (7)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
. Segundo Circuito
Judicial de S.J.. G., a las once horas con diez minutos del diecinueve de
marzo de dos mil veintiuno.
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre
001], [...]; por el delito de RESISTENCIA AGRAVADA y otro en perjuicio de LA
AUTORIDAD PÚBLICA
y otro. Intervienen en la decisión del recurso, las juezas R.C.C.,
P.V.G. y K.J.F.. Se apersonaron en esta sede el
licenciado S.T.O., en calidad de defensor público del justiciable y en
representación del Ministerio Público el licenciado D.M.S. y,
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 13-2020, de las trece horas con cuarenta y siete
minutos del trece de enero de dos mil veintiuno, el Tribunal Penal del Segundo Circuito
Judicial de la zona Atlántica, PococÃÂ, sección Flagrancia, resolvió:
"POR TANTO: De
conformidad con los artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica; 8.2 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos; 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y PolÃÂticos; 1, 4, 18, 19,20, 30, 45, 71, 312, 313 y 316 del Código Penal; 1 a 15, 142 a
145, 180 a 184, 265 a 270, 328, 330 a 336, 341, 352, 360 a 365 y 367 del Código
Procesal Penal se declara a [Nombre 001] autor responsable de un delito de
resistencia agravada en concurso material con un delito de amenazas a
funcionario público para lo cual se le impone la pena de UN AÑO DE PRISIÓN POR
EL PRIMERO Y UN MES DE PRISIÓN POR EL SEGUNDO, para un total de UN AÑO Y
UN MES DE PRISIÓN, que deberá descontar conforme lo dispongan los respectivos
reglamentos penitenciarios, previo abono de la prisión preventiva que hubiese
cumplido. Por cumplir los requisitos y asi haberlo solicitado de forma expresa la
defensa técnica y material del encartado se conmuta la pena de prisión en
TRESCIENTAS HORAS DE SERVICIO DE UTILIDAD PÚBLICA, debiendo realizar las
mismas en el plazo máximo de UN AÑO en el lugar y forma que determine la Oficina de
la Dirección General de Adaptación Social encargada. Se dicta esta sentencia sin
especial condenatoria en costas, son los gastos del proceso a cargo del Estado. Quedan
las partes notificadas conforme con las reglas de la oralidad. Una vez firme la
sentencia archÃÂvese el expediente. C.C.L.. Juez de juicio.â€
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