Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 08-11-2021
Fecha | 08 Noviembre 2021 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José |
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución : 2021-0272
Expediente : 20-000094-1142-PJ(4)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN
PRIMERA, Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las dieciséis horas
veinticinco minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno.-
RECURSO interpuesto en la presente causa seguida contra
[Nombre 001]., [...]
; por el
delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y OTROS, en perjuicio de [Nombre 007] Y
OTROS. Intervienen en la decisión del recurso, la licenciada M.C.P
asàcomo la cojueza F.C.Z. y el cojuez R.S.B.. Se apersonaron
en esta sede el licenciado I.N.C., representante del Ministerio Público y
la licenciada N.F.C., defensora pública del joven encartado.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 140-2021, de las dieciséis horas veinte minutos del
nueve de setiembre de dos mil veintiuno, el Juzgado Penal Juvenil del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, S.L., resolvió: "
POR TANTO: De conformidad con
lo expuesto, artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, artÃÂculo 11 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos, artÃÂculos 8 y 9 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, artÃÂculos 14 y 15 del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y PolÃÂticos, artÃÂculo 40 de la Convención sobre los Derechos del
Niño, Reglas MÃÂnimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de
Menores (Reglas de Beijing), artÃÂculos 105, 107 inciso e) del Código de la Niñez y la
Adolescencia, artÃÂculos 1, 22, 30, 31, 45, artÃÂculos 1, 16,142, 266, 267, 268, 341 y
siguientes del Código Procesal Penal, 1 al 26, 29, 44, 45, 68, 100 al 109, 121, 122
123, y 131 de la Ley de Justicia Penal Juvenil, se ABSUELVE de toda pena y
responsabilidad a [Nombre 001]., [...], respecto a la causa 20-000094-1142-PJ, por
un delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de [Nombre 003] y un delito de
ROBO SIMPLE, cometido en perjuicio de [Nombre 004], de igual manera, respecto
a la causa 20-001424-0063-PE, se absuelve de toda pena y
responsabilidad por un delito de ROBO AGRAVADO , en perjuicio de [Nombre
007], en el mismo sentido, dentro de la causa 20-001435-0063-PE, se absuelve de
toda pena y responsabilidad, por un delito de ROBO AGRAVADO en
perjuicio de [Nombre 006]. En relación a los otros procesos, se declara a
[Nombre
001].S, como autor responsable dentro de la causa 20-001424-0063-PE, por un
delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de [Nombre 007], por ello se le
impone al mismo COMO SANCIÓN PRINCIPAL y ÚNICA el Internamiento en un
Centro Especializado por el plazo total de SEIS AÑOS
, en igual
sentido, dentro de la causa 20-001445-0063-PE, se declara autor responsable por un
delito de ROBO SIMPLE, en perjuicio del ofendido [Nombre 008], por ello se le
impone al mismo COMO SANCIÓN PRINCIPAL y ÚNICA el Internamiento en un
Centro Especializado por el plazo total de UN AÑO
, para
finalmente, ser declarado como autor responsable dentro de la causa
20-001435-0063-PE, de un delito de AGRESIÓN CON ARMA, en perjuicio de
[Nombre 006], por tal delito se le impone como sanción la socio-educativa de
AMONESTACIÓN Y ADVERTENCIA. Respecto a la imposición de Internamiento en
un
Centro Especializado, aplicando las reglas del concurso material, se le contabiliza un
plazo total de SIETE AÑOS, tiempo durante el cual deberá cumplir con los
programas indicados que le imparta el Programa de Menores de Edad de la Dirección
General de Adaptación Social, plazo durante el cual, conforme con la ley, se abonará
el tiempo efectivamente descontado en prisión preventiva por el joven sentenciado en
este expediente. Una vez firme la presente sentencia remÃÂtase para su ejecución el
expediente al Juzgado de Ejecución de la Sanción Penal Juvenil de San José y hágase
llegar una copia de la misma con su minuta correspondiente al Programa de
Sanciones Alternativas de la Dirección General de Adaptación Social del Ministerio
de Justicia y Gracia para lo de su cargo. Se prórroga la detención provisional por
dos
meses, a partir del dÃÂa del 09 de setiembre del 2021 y hasta el dÃÂa 09 de noviembre del
año 2021. Son las...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba