Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 08-11-2021

Fecha08 Noviembre 2021
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución : 2021-0272
Expediente : 20-000094-1142-PJ(4)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN PRIMERA, Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las dieciséis horas veinticinco minutos del ocho de noviembre de dos mil veintiuno.-
RECURSO interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001]., [...] ; por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y OTROS, en perjuicio de [Nombre 007] Y OTROS. Intervienen en la decisión del recurso, la licenciada M.C.P así como la cojueza F.C.Z. y el cojuez R.S.B.. Se apersonaron en esta sede el licenciado I.N.C., representante del Ministerio Público y la licenciada N.F.C., defensora pública del joven encartado.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 140-2021, de las dieciséis horas veinte minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno, el Juzgado Penal Juvenil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, S.L., resolvió: " POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículos 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos 14 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), artículos 105, 107 inciso e) del Código de la Niñez y la Adolescencia, artículos 1, 22, 30, 31, 45, artículos 1, 16,142, 266, 267, 268, 341 y siguientes del Código Procesal Penal, 1 al 26, 29, 44, 45, 68, 100 al 109, 121, 122 123, y 131 de la Ley de Justicia Penal Juvenil, se ABSUELVE de toda pena y responsabilidad a [Nombre 001]., [...], respecto a la causa 20-000094-1142-PJ, por un delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de [Nombre 003] y un delito de ROBO SIMPLE, cometido en perjuicio de [Nombre 004], de igual manera, respecto a la causa 20-001424-0063-PE, se absuelve de toda pena y responsabilidad por un delito de ROBO AGRAVADO , en perjuicio de [Nombre 007], en el mismo sentido, dentro de la causa 20-001435-0063-PE, se absuelve de toda pena y responsabilidad, por un delito de ROBO AGRAVADO en perjuicio de [Nombre 006]. En relación a los otros procesos, se declara a [Nombre 001].S, como autor responsable dentro de la causa 20-001424-0063-PE, por un delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de [Nombre 007], por ello se le impone al mismo COMO SANCIÓN PRINCIPAL y ÚNICA el Internamiento en un Centro Especializado por el plazo total de SEIS AÑOS , en igual sentido, dentro de la causa 20-001445-0063-PE, se declara autor responsable por un delito de ROBO SIMPLE, en perjuicio del ofendido [Nombre 008], por ello se le impone al mismo COMO SANCIÓN PRINCIPAL y ÚNICA el Internamiento en un Centro Especializado por el plazo total de UN AÑO , para finalmente, ser declarado como autor responsable dentro de la causa 20-001435-0063-PE, de un delito de AGRESIÓN CON ARMA, en perjuicio de [Nombre 006], por tal delito se le impone como sanción la socio-educativa de
AMONESTACIÓN Y ADVERTENCIA. Respecto a la imposición de Internamiento en un
Centro Especializado, aplicando las reglas del concurso material, se le contabiliza un plazo total de SIETE AÑOS, tiempo durante el cual deberá cumplir con los programas indicados que le imparta el Programa de Menores de Edad de la Dirección General de Adaptación Social, plazo durante el cual, conforme con la ley, se abonará el tiempo efectivamente descontado en prisión preventiva por el joven sentenciado en este expediente. Una vez firme la presente sentencia remítase para su ejecución el expediente al Juzgado de Ejecución de la Sanción Penal Juvenil de San José y hágase llegar una copia de la misma con su minuta correspondiente al Programa de Sanciones Alternativas de la Dirección General de Adaptación Social del Ministerio de Justicia y Gracia para lo de su cargo. Se prórroga la detención provisional por dos meses, a partir del día del 09 de setiembre del 2021 y hasta el día 09 de noviembre del año 2021. Son las...

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